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La nueva y estricta ordenanza de limpieza en Sevilla

La norma eleva las multas, limita la hora de tirar la basura a las 23.00 y prohíbe rebuscar en los contenedores o echar colillas encendidas

el 11 oct 2014 / 11:19 h.

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PLAN TRAFICO NAVIDADLa nueva ordenanza de limpieza, cuyo aspecto más polémico durante su tramitación ha sido la consideración del aceite usado en los bares como un residuo municipal a gestionar por Lipasam cuando hasta ahora los hosteleros podían venderlo como subproducto a empresa autorizadas, incluye novedades en las infracciones leves que pueden ser sancionadas con multas de entre 90 y 750 euros tales como la prohibición de «la manipulación, extracción o rebusca de los residuos» una vez depositados en los contenedores», tirar cigarrillos o colillas «sin apagar en papeleras o contenedores» o «el reparto domiciliario o en la vía pública de publicidad comercial impresa sin la previa comunicación a Lipasam». La ordenanza, que fue publicada el jueves en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y entrará en vigor en 15 días, fija también un nuevo horario para tirar la basura entre las ocho de la tarde y las once de la noche (antes se podía depositar hasta la recogida efectiva de los contenedores) y da a los operarios de Lipasam capacidad para sancionar a los dueños de los perros que no recojan los excrementos de sus perros si son pillados in fraganti. La norma fue aprobada en solitario por el PP en el último Pleno municipal antes del verano, una sesión en la que el gobierno municipal sacó adelante de una tacada las ordenanzas de limpieza, ruidos y circulación, todas ellas sin el apoyo de PSOE e IU. En el caso de la relativa a limpieza, el debate se centró entonces en el 102 que obliga a los hosteleros a entregar a una empresa seleccionada por Lipasam (el concurso público se ha adjudicado a Biouniversal) el aceite usado, aspecto que ha sido recurrido por la vía Contencioso-Administrativa por la Asociación nacional de gestores de residuos de aceites y grasas comestibles (Geregras), al entender que el aceite usado no es un residuo sino un subproducto y considerar que el Ayuntamiento está imponiendo un monopolio sobre un negocio que mueve 4,5 millones de euros y que puede afectar a una treintena de pymes con la pérdida de 300 empleos. GRAFICA GREENPEACEPero al margen de este polémico aspecto que centró el debate político y está en los tribunales, la ordenanza amplía las conductas prohibidas en lo que a la limpieza viaria se refiere y endurece las sanciones de las infracciones leves, que en la anterior normativa (de 2003) podían ser multadas con entre 90 y 300 euros de multa mientras que ahora la cuantía puede llegar a los 750 euros (las graves pueden ser sancionadas con hasta 1.500 euros frente a los 600 anteriores y las muy graves sí se mantienen hasta los 3.000 euros). En el capítulo de sanciones leves aparecen algunas novedades como la «manipulación, extracción o rebusca de los residuos una vez depositados en los servicios municipales». La anterior ordenanza ya fijaba multa para la «manipulación de basuras en la vía pública» y «la recogida de los objetos y residuos depositados en contenedores de recogida selectiva sin la autorización municipal» pero llama la atención que en la redacción de esta normativa, y cuando la crisis ha hecho tristemente común la imagen de personas buscando en la basura ropa e incluso comida o cualquier cosa útil (al margen de la retirada ilegal de chatarra), se prohíba explícitamente «extraer o rebuscar residuos una vez depositados en los contenedores». La ordenanza modifica también el horario para tirar la basura, limitándolo entre las 20.00 y las 23.00 horas salvo en el caso de los contenedores de residuos selectivos (vidrio, papel y envases) y en los buzones de recogida neumática. Tirar la basura fuera del horario establecido continúa siendo una infracción leve sancionable. Y si ya en 2011 la ordenanza de animales prohibió –bajó multa de hasta 500 euros– dar de comer a los animales en la calle, pensada especialmente para acabar con la costumbre de alimentar a palomas y gatos callejeros, la nueva normativa de limpieza insisten en este aspecto y señala que «en la vía pública queda prohibido facilitar cualquier tipo de alimento a animales salvo lugares autorizados por el Ayuntamiento». Igualmente ya era sancionable dejar los excrementos de los perros en la calle pero como novedad, a partir de ahora los mismos operarios de Lipasam podrán «identificar a los animales que hayan realizado deposiciones en la vía pública de manera contraria a lo establecido en esta ordenanza, procediendo a sancionar a los titulares de los mismos o a sus portadores si esos son identificados siendo responsables». El texto también es más estricto en cuanto a la regulación del reparto de publicidad por la calle e incluso el buzoneo de la misma, que «deberá ser comunicado con carácter previo a Lipasam». Hasta ahora, estaba prohibido esparcirla por la calle o colocarla en los coches aparcados, pero ahora repartirla sin avisar constituye una infracción leve. La norma también exige un plan de limpieza en los mercadillos, permite al consistorio pedir una fianza a los organizadores de eventos por los posibles costes de la recogida de los residuos generados y exige a «quioscos de chucherías, máquinas expendedoras, cajeros automáticos, puestos ambulantes, estancos, loterías, terrazas de cafés, bazares, bares y restaurantes así como locales en general caracterizados por la venta de artículos susceptibles de producir residuos y envoltorios desechables» a poner papeleras y ceniceros en la puerta de sus establecimientos donde tirar dichos residuos, equipamiento del que también deberán disponer «las entradas de edificios de oficinas, entidades privadas u organismos públicos en los que por su cantidad de visitas fuera necesario para evitar la afección de la vía pública». En concreto, los bares con terraza estarán obligados a instalar ceniceros o papeleras en cada uno de los veladores e incluso a que el diseño de estos elementos sea acorde con el entorno. El horario para que los establecimientos hosteleros saquen a las puertas sus residuos, tanto la basura orgánica como los cartones, también es regulado, señalando que mientras el bar esté abierto no sean depositados en la vía pública a no ser que pase el servicio de recogida. En caso de que llegada la hora del cierre del bar este no haya pasado, los cartones sean depositados plegados junto a la pared.

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