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La reducción de las plazas para jueces sustitutos retrasa la agenda de juicios

El Ministerio de Justicia limitó las suplencias en caso de baja para reducir costes, ya que ahora se cubren entre los propios magistrados titulares. Se ha establecido un mecanismo por el que cada semana un juez, que esos días no fija vistas, está alerta por si algún compañero no acude al trabajo.

el 19 abr 2014 / 19:54 h.

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No son buenos tiempos para los jueces sustitutos. El Gobierno central limitó el año pasado las suplencias de los magistrados titulares de juzgados por cuestiones presupuestarias. La consecuencia es que las sustituciones se realizan entre los propios magistrados por turnos de guardia durante los cuales no pueden celebrar juicios ante la necesidad de estar alerta ante cualquier incidencia. Por ello la celebración de juicios se están demorando, mientras sólo la mitad de los 20 jueces que conforman la bolsa de reserva están trabajando. La ley 8/2012 de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia fue publicada a finales de 2012 y, según recoge, persigue una mayor «profesionalización de la carrera judicial». Algo más de un año después los resultados se notan, pues las sustituciones de jueces se han limitado a casos muy extremos, como bajas largas. «Más demora en los señalamientos» y «una bajada en el número de resoluciones pese a que hay más jueces» son las consecuencias señaladas por el juez decano de Sevilla, Francisco Guerrero, que reconoce que esta medida «perjudica al ciudadano», especialmente en juzgados tan saturados como los de lo Social «que ya están sobrecargados». Para cumplir lo que dispone esta norma del Ministerio de Justicia, dirigido por Alberto Ruiz Gallardón, en las distintas juntas de jueces se acordó crear un «turno de sustitución», por el que cada semana un juez o dos está de guardia «por si algún compañero no acude a su puesto por enfermedad o algún motivo», lo que hace que esa semana no pueda fijar juicios por si tiene que atender las urgencias que puedan surgir de otro juzgado. Estos jueces se ven obligados así a tener que celebrar vistas prácticamente sobre la marcha y a poner luego la sentencia, «lo que supone una sobrecarga más sin contraprestación alguna», indica Guerrero. «Esto implica que esa semana el ritmo de nuestro juzgado se ve alterado, pero no sólo eso, sino que el ciudadano se encuentra que su juicio será visto por un magistrado que con suerte ha tenido media hora para prepararse la vista», explicó uno de los jueces de Primera Instancia, jurisdicción que se ha visto saturada por las numerosas reclamaciones de deudas y embargos. De los nombramientos de jueces sustitutos se encarga el secretario judicial de la Oficina del Jurado, Luis Revilla, quien explica que actualmente en la provincia de Sevilla hay diez jueces sustitutos trabajando «de los 20 destinados a Sevilla». Revilla recuerda que antes de la entrada en vigor de esta ley, para la provincia había 22 interinos en la lista «y a veces no teníamos suficiente». Dos de ellos se han dado de baja, «porque no hay trabajo. Yo incluso les recomiendo que busquen empleo en un despacho». Lo mismo ha ocurrido en la bolsa de fiscales sustitutos, también afectados por el recorte, de la que «se han dado de baja fiscales que llevaban muchos años», dicen fuentes de la Fiscalía. Revilla también destaca que en 2013 se produjo un descenso muy importante de las peticiones de jueces. «En 2012 contabilizamos 99 y el año pasado 31, porque los propios juzgados saben que no se le va a mandar nadie». La sustitución, de hecho, tiene que ser aprobada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que estos interinos, que son licenciados en Derecho que han tenido que superar una serie de pruebas, puedan cubrir una plaza. Es más, el propio TSJA hace referencia a esta problemática en su memoria anual de 2013 donde manifestaba su «honda preocupación por la problemática que se deriva de las sustituciones forzosas previstas en la nueva normativa (...) dadas las razones presupuestarias que imbuyen el espíritu de la norma, que no deberían primar sobre el derecho de los ciudadanos a la obtención de una tutela judicial efectiva, ya de por sí deteriorada en la actualidad, que no puede darse en órganos sobrecargados de trabajo y que se vería seriamente resentida por el nuevo sistema». El Alto Tribunal andaluz, que fijó los criterio seguidos por las juntas de jueces, también destaca que «como era de prever, las mayores dificultades para la aplicación del nuevo sistema de sustitución han surgido en los partidos judiciales que cuentan únicamente con órganos de Primera Instancia e Instrucción». Es decir, en los juzgados de los pueblos, «en los que, generalmente, la carga de trabajo es excesiva, cuando no claramente insoportable».

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