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La UE condena a España por la directiva sobre asilo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó ayer a España por no trasponer a tiempo una directiva comunitaria que establece los requisitos mínimos para el reconocimiento y el estatuto de refugiados o persona que necesitan asilo.

el 16 sep 2009 / 05:29 h.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó ayer a España por no trasponer a tiempo una directiva comunitaria que establece los requisitos mínimos para el reconocimiento y el estatuto de refugiados o persona que necesitan asilo.

Esas medidas, incluidas en una norma comunitaria de 2004, no fueron aplicadas aún al ordenamiento jurídico español, según constataron los jueces de Luxemburgo al aceptar los argumentos planteados en la denuncia que presentó en 2007 la Comisión Europea.

El Tribunal recha

zó el argumento español de que las disposiciones vigentes en la actualidad se ajustan a esa directiva, aunque no garantizan una adaptación completa de la norma, según indicaron fuentes jurídicas.

Por su parte, el Gobierno español consideró que la legislación vigente en materia de asilo y refugio "nunca fue contraria" al ordenamiento jurídico europeo y señaló que, si bien el plazo de transposición de la Directiva de la UE sobre este asunto venció en 2006, la nueva ley de asilo española estará lista "en cuestión de meses", según informaron a Europa Press fuentes del Ministerio del Interior.

Según las mismas fuentes, España recurrió al TUE porque ninguna de las normas de asilo en vigor contradecían los mandatos de la Directiva en cuestión y expuso que se estaban realizando los trabajos oportunos para reformar la ley de asilo y transponer todo el contenido de la misma. El TUE no admitió tal recurso al no encontrar justificación para el retraso en la modificación legal. En todo caso, la reforma de la ley de asilo ya se encuentra en el Senado, de modo que a la vuelta del verano podrá viajar de nuevo al Congreso para su aprobación y publicación antes de que acabe el año.

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