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Las 'entrañas de ETA', a la cárcel

La Audiencia Nacional ha condenado a 525 años a 47 responsables de KAS, EKIN Y XAKI, por considerar que no son organizaciones satélites de la banda terrorista, sino que constituyen el "corazón y las entrañas" de ETA. El fallo es un espaldarazo al juez Baltasar Garzón, instructor del caso. Foto: EFE.

el 14 sep 2009 / 21:42 h.

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La Audiencia Nacional ha condenado a 525 años a 47 responsables de KAS, EKIN Y XAKI, por considerar que no son organizaciones satélites de la banda terrorista, sino que constituyen el "corazón y las entrañas" de ETA. El fallo es un espaldarazo al juez Baltasar Garzón, instructor del caso.

El tribunal de la Audiencia Nacional ha condenado a 47 de los 52 acusados en el sumario 18/98, que ha sido llamado el macrojuicio contra ETA. La Audiencia considera que las organizaciones del entorno de ETA KAS, EKIN y XAKI configuraban el llamado "frente de masas" de la banda y eran "las entrañas" y "el corazón" de ETA y que el diario EGIN constituía su frente mediático al estar dirigido por los terroristas.

La sentencia hecha pública ayer por la presidenta del tribunal, Ángela Murillo, condena a los procesados a penas que suman 525 años de cárcel. El fallo castiga al proceso que la banda terrorista denomina de "acumulación de fuerzas", tal y como consta en la documentación que le fue intervenida en Bidart (Francia) en 1993 al etarra José María Dorronsoro. El tribunal explica en su resolución cómo se puede ser integrante de ETA sin necesidad de emplear la lucha armada, ni otro tipo de violencia, sino formando parte de sus frentes de "masas" y "mediático" y así condena a 31 de los acusados de pertenencia a banda terrorista, once de los cuales han sido condenados en grado de dirigentes.

También ha considerado probada la "capacidad de sustitución" que ETA posee, ya que "cuando se ilegalizan algunas de sus estructuras, se crean otras con distinto nombre, con apariencia de legalidad y con los mismos cometidos; y problema resuelto". De este modo, el tribunal no ha creído la versión de los acusados de que EKIN era independiente de KAS, y sostiene que era el "disfraz" que utilizó la coordinadora, que fue declarada ilícita en 1998, para ocultarse bajo el manto de una aparente legalidad.

Se basa para ello en una noticia aparecida en la agencia Amaiur Press el 23 de septiembre de 1999 en la que se anunciaba la aparición de EKIN como sucesora de KAS y en la valoración del "traspaso fluido de militantes" de Jarrai a KAS y a EKIN.

la rama internacional. En cuanto a XAKI, el tribunal sostiene que "no es ni más, ni menos, que el aparato de relaciones internacionales" de ETA que desempeñaba sus funciones en París, Bruselas y América Latina, a través de "miembros de la ilegalizada formación política Herri Batasuna-Euskal Herritarrok".

"ETA -dice el tribunal- decidía en primera persona la estrategia a seguir, también en el plano internacional, faceta importante que la organización no podía descuidar, en tanto que entendía el fracaso de las conversaciones de Argel" entre ETA y el Gobierno de Felipe González en 1988.

En cuanto al denominado frente mediático de ETA, la sala considera acreditado que el diario EGIN, clausurado en 1998, estaba "dirigido por ETA" y que los responsables del periódico fueron designados por la banda.

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