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Lo que se salva del recurso de Rajoy

La Junta no podrá expropiar ni multar casas vacías tras el recurso del Gobierno a la ley antidesahucios, pero intentará frenar los desahucios de inquilinos

el 25 dic 2013 / 20:50 h.

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Concentración vecinal en el barrio sevillano de Begoña contra el desahucio de un vecino El recurso anunciado por el Gobierno central contra una de las normas sociales más importantes del Ejecutivo de PSOE e IU, la ley antidesahucios, ha sido un duro mazazo para la Junta. El Gobierno de Mariano Rajoy tiene hasta el 9 de enero para presentar el recurso en el Tribunal Constitucional y, a partir de entonces, los artículos recurridos de la ley quedarán paralizados. El Alto Tribunal tiene cinco meses para decidir si la suspensión es definitiva. El veto se dirige contra los dos aspectos más importantes y más polémicos de la ley: las expropiaciones a los bancos de viviendas para evitar desahucios de personas en riesgo de exclusión social y las multas de hasta 9.000 euros por cada casa vacía en manos de entidades financieras o empresas. Andalucía no podrá llevar a cabo estas dos medidas pero sí otras que se salvan del recurso del PP. Uno de los puntos con más carga social que sigue vigente es la obligación de la Junta de incluir en los planes de vivienda medidas o programas para proteger a los inquilinos que vayan a ser desahuciados como consecuencia de una caída estrepitosa de sus ingresos por la crisis (pérdida de trabajo) y que están en riesgo de exclusión. Es una medida prima hermana de la expropiación de casas para evitar desalojos, que el Gobierno ha frenado. Lo que hará la consejería es dar una ayuda directa al inquilino para que no se quede en la calle. Estas subvenciones se regularán en una orden próximamente. Desde que entró en vigor en abril el decreto andaluz, que también fue recurrido por el Ejecutivo, la Consejería de Fomento y Vivienda ha realizado 36 expropiaciones para evitar los desalojos de familias en una situación muy delicada. Las oficinas territoriales de la consejería ultiman 119 expedientes más antes de enviarlos a BOJA. Cuando el Constitucional paralice la ley, todas las expropiaciones se anularán y las familias quedarán a merced de lo que decida cada juez. Por otra parte, la consejería que dirige Elena Cortés (IU) ya está trabajando en la creación de un portal en internet donde se puedan alquilar las viviendas libres vacías. La ley de Función Social de la Vivienda, aprobada por el Parlamento el 25 de octubre, contempla en el artículo 44 una serie de medidas para fomentar el arrendamiento en la comunidad. La Junta aprobó una orden en octubre para llevar a cabo un programa de intermediación. Algo parecido y sin mucho éxito ya intentó el consejero socialista Juan Espadas. El portal web recogerá una oferta de pisos libres, que subirán las agencias colaboradoras de la consejería, y que podrán ser alquilados por cualquier ciudadano que esté inscrito en los registros municipales de VPO. La Junta ha contactado con los ayuntamientos para que éstos notifiquen a los solicitantes de VPO que también pueden alquilar una vivienda libre en este portal. Hay, claro está, unos requisitos que cumplir. El demandante no puede tener una renta alta y el piso no puede costar más de 600 euros. Además, la consejería debe acreditar que la vivienda está deshabitada, es decir, que lleva seis meses vacía y que sus consumos de luz, agua, etc han sido mínimos. Al propietario –siempre persona física– le saldría rentable, ya que la Junta le paga un seguro que cubre daños por el uso de la vivienda, un seguro de impago que cubre ocho meses de cuotas y la defensa jurídica en caso de litigio. Este programa pretende poner en alquiler 1.500 viviendas en la comunidad (se podría ampliar la cifra si funciona bien) y para ello la consejería destinará 795.000 euros en tres años. La ley contempla por primera vez que la Junta elabore planes de inspección de vivienda. Hasta ahora solo existían planes de inspección municipales vinculados a la ordenación del territorio, que vigilan las construcciones en suelo no urbanizable y demás irregularidades. Ahora desde la consejería se podrán perseguir infracciones en las viviendas de renta libre (el recurso de Rajoy suspende las sanciones a las casas vacías) y en las VPO, que sí se pueden multar, como por ejemplo apercibir a los bancos que no coloquen en los registros municipales de demandantes las viviendas protegidas vacías. Aunque las sanciones a los bancos y empresas por tener casas deshabitadas quedan paralizadas por el recurso, se mantienen las multas de hasta 6.000 euros a las agencias de fomento de alquiler que incumplan sus obligaciones. Antes de la ley, si alguien denunciaba a estas agencias por cobros indebidos, por ejemplo, tenía que hacerlo en Consumo. Ahora Fomento y Vivienda asume la potestad de inspeccionar y sancionar. También asume la gestión de las fianzas de alquiler que el propietario depositaba en la Consejería de Hacienda. El 70% de ese dinero tendrá que destinarse a políticas públicas de vivienda. La norma recoge igualmente la creación de un sistema de información de todo el parque residencial de Andalucía. Se trata de cruzar datos de distintas administraciones y elaborar una base de datos completa. No hay plazo para ello.

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