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Lopera es imputado y la acusación piensa pedir medidas cautelares

El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha imputado a Manuel Ruiz de Lopera por un presunto delito de apropiación indebida y delito societario.

el 14 may 2010 / 12:40 h.

Lopera tendrá que declarar ante la jueza Alaya en breve.

 
La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, ha imputado finalmente a Manuel Ruiz de Lopera como presunto autor de un delito societario y de apropiación indebida por su gestión al frente del Real Betis Balompié.

Lopera se expone a más de diez años de prisión por estos presuntos delitos. Los grupos opositores analizan ahora solicitar a la juez medidas cautelares como la suspensión cautelar de los derechos políticos de sus acciones o la solicitud de intervención judicial.

La juez apenas ha tardado unas horas en decidir la imputación de Lopera después de que el jueves se conociera su auto, durísimo, por el que rechazaba la petición de la Fiscalía de archivar la causa por los presuntos delitos cometidos hasta 1998, al considerarlos prescritos, lo que la juez no entiende así.

En el auto, Alaya expone que estamos ante un caso de delito continuado desde 1992, año en el que Lopera “presuntamente obtuvo ilícitamente y en perjuicio del Real Betis la mayoría accionarial”, ya que no desembolsó 206 millones de pesetas en acciones que tenía el propio Betis en autocartera por un préstamo recibido.

Es decir, señala que Lopera ha estado ostentando durante años los derechos políticos de unas acciones que nunca había pagado realmente, un hecho que fue calificado de “gravedad extrema para el Betis” por Miguel Cuéllar, miembro de la Liga de Juristas Béticos y presidente de la Fundación Heliópolis. “El 35% de las acciones de Farusa las pagó el Betis, y no lo digo yo, lo dice la jueza, así que desde este mismo momento esas acciones tendrían que quedar suspendidas”, señala.

La juez también desmonta en su auto la teoría mantenida siempre por Lopera de que sus empresas (Tegasa, Encadesa, las tontas las llamaba él) aseguraban la financiación del Betis temporada tras temporada, afirmando justo lo contrario. “Debe destacarse que cuando se firma el primer contrato de arrendamiento de servicios el 30 de abril de 1993,

Tegasa tenía de capital social 31 millones de pesetas, por lo que difícilmente podría asumir el abono de los cuantiosos gastos del club”, señala el auto, que luego detalla una serie de irregularidades cometidas durante ese periodo: el cobro de la comisión de la cláusula de Roberto Ríos (200 millones de pesetas), el pago por parte del Betis de la multa que Hacienda impuso a Lopera (489 millones), la desviación de los ingresos financieros a las ‘tontas’  del dinero generado por el propio Betis (193 millones), y así hasta entender, según el informe pericial, que el perjuicio que Lopera ocasionó al Betis entre 1993 y 1998 ascendió a 12,4 millones de euros (más de 2.500 millones de las antiguas pesetas).

De Tegasa a Encadesa. Ahora la juez está a la espera de recibir otro informe que los peritos están ultimando y que abarca los años 1998 a 2008, en los que Tegasa dio paso a Encadesa, otra empresa propiedad de Lopera y puesta a nombre de testaferros, que también serán llamados a declarar.

La cifra del perjuicio causado al club en estos años aún no ha sido cuantificada, pero se estima muy superior a la del periodo anterior, ya que éste coincide con el boom de las  televisiones que en aquellos años desembolsaron muchos millones de pesetas a los clubes de fútbol.

La juez entiende que “en el caso de autos es claro que atendiendo a la presunta cuantía de lo ilícitamente distraido o apropiado, concurre la circunstancia de especial gravedad, y atendiendo a la pluraridad de perjudicados, 10% del capital social representativo de las acusaciones particulares y en definitiva el resto de los socios del Real Betis Balompié SAD, aunque no hayan ejercido acción penal, igualmente concurre la circunstancia del perjuicio a una generalidad de personas”. “En virtud de lo anterior.... la pena que le correspondería al delito excedería de los diez años de prisión, al poderse elevar la pena hasta dos grados, por lo que el plazo de prescripción... sería de quince años”.

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