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Los dos finales de un crimen

El juicio a Miguel Carcaño y a los otros tres adultos implicados arranca con la mirada puesta en la sentencia que la Audiencia ha de dictar sobre el Cuco, ya que la celebración de dos procesos puede dar lugar a sentencias contradictorias.

el 15 oct 2011 / 20:15 h.

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Miguel Carcaño, autor confeso de la muerte de Marta.

Sin el cuerpo de la joven, el caso Marta del Castillo está a punto de escribir su final. Bueno, más bien su doble final, porque aunque parezca una paradoja su resolución puede ser bien distinta dependiendo de si en la mano se tiene la sentencia contra el que fuera menor cuando ocurrieron los hechos o la de los cuatro adultos, quienes se sentarán en el banquillo de los acusados a partir de mañana lunes.

¿Qué quiere decir todo esto? Pues es muy sencillo. Cuando el 24 de enero de 2009 Marta del Castillo desapareció había implicado un menor. Javier García, conocido como el Cuco y ya mayor de edad, fue juzgado en enero en una causa distinta a la del resto de imputados, todos ellos adultos. Desde el principio, la instrucción del caso se vio dividida. Por un lado, la de los adultos dirigida por el Juzgado de Instrucción número 4, y por otro la del menor, que estaba en manos de la Fiscalía de Menores. Esto provocó que gran parte de las pruebas que se practicaban en el juzgado tenían que reportarse al Ministerio Fiscal.

Pero eso, después de todo, no es lo que más complicación entrañó. Lo verdaderamente preocupante es el hecho de que la ley no permite que adultos y menores sean juzgados por un mismo tribunal, pese a que los hechos fueran los mismos y cometieran el delito juntos. La consecuencia es que, además de un juicio distinto, habrá dos sentencias del mismo caso dictadas por magistrados diferentes y, por tanto, con dos fallos que pueden ser coincidentes o no.

Fuentes judiciales consultadas por este periódico aseguran que se puede dar el caso de que las sentencias sean "totalmente contradictorias", como por ejemplo que se condene al Cuco por el asesinato y la violación y a Miguel Carcaño, el asesino confeso de la joven, sólo por homicidio. O que Javier García sea absuelto de todos los cargos y Miguel condenado por el asesinato y la violación, tras darse por válida una declaración en la que él también culpaba de la agresión sexual y la muerte de la joven al entonces menor . Pero también puede darse el caso que el menor salga exculpado del encubrimiento y que condenen por este delito a Samuel Benítez, a Javier Delgado y a su novia, María García, o sólo a alguno de ellos.

En cualquier caso, diversas situaciones, sin que una sentencia repercuta sobre la otra, al menos hasta que no se presenten los recursos al fallo judicial. En este sentido, otras fuentes consultadas apuntan a que si el Cuco es absuelto algunos imputados, como por ejemplo el hermano de Miguel Carcaño, podrían utilizar esa sentencia como base de su recurso a una posible condena por encubrimiento. Y es que resulta que el único que ha implicado hasta ahora en los hechos a Javier Delgado ha sido el Cuco. En sus primeras declaraciones, tanto policiales como ante el juez y el fiscal, aseguró que estuvo en el piso de León XIII ayudando a Miguel a deshacerse del cuerpo de Marta. Según contó entonces -luego negó su participación asegurando que se incriminó por las presiones policiales-, cuando llegó encontró a Carcaño envolviendo el cuerpo de la chica con la ayuda de su hermano. Éste, afirmó, le amenazó con hacer daño a su familia si contaba lo ocurrido, de ahí que en el juicio Javier Delgado también sea acusado de un delito de amenazas.

Ni Miguel, ni Samuel ni mucho menos su novia le han implicado en el crimen. Por eso, si la Sección Tercera de la Audiencia, que es la que tiene que resolver la apelación, determina que el menor no estuvo esa noche en el piso de León XIII, ¿cómo se sostendría una acusación contra Javier Delgado? Desde luego, al ser juzgado por otro magistrado podría ser condenado, ya que el tribunal podría considerar que la declaración del entonces menor (pese a estar absuelto) tendría validez para condenar al hermano de Miguel. Pero lo que está claro es que sería difícil de mantener esta hipotética condena, porque la defensa de Javier tendría a su favor una sentencia que dice que el Cuco, el único que afirma que Javier estaba, no fue al piso aquella fatídica noche. Una baza indiscutible que su defensa no dejaría escapar.

El doble enjuiciamiento tiene otro problema, y es que en el juicio contra el Cuco los adultos fueron citados como testigos, lo que les obligaba a decir la verdad, pero al estar imputados por los mismos hechos en otra causa pudieron acogerse a su derecho a no declarar. Ahora ocurrirá al revés: será el Cuco el que deba acudir a declarar como testigo, pero él también está imputado, y para mayor complicación aún se desconoce si cuando declare tendrá en la mano una sentencia absolutoria o condenatoria, ya que aún no ha sido dictada.

Sin embargo, éste no es el primer caso en el que ocurre esta circunstancia, sino que es algo habitual en el día a día de los juzgados, pero que al ser casos con repercusión mediática no han tenido trascendencia. Muchos delitos, robos o asuntos de droga, principalmente, son cometidos por grupos de adultos y menores que, con la ley actual, tienen que ser juzgados de forma separada.

Un problema que ha quedado patente y que la propia Fiscalía planteó solucionar a raíz de este caso. El Ministerio Público ya dejó claro que quería que ambos procedimientos coincidieran lo máximo posible en el tiempo para que uno no influyera sobre el otro ante la imposibilidad de un juicio único. La propia familia de Marta planteó un recurso de inconstitucionalidad al inicio del juicio del Cuco para evitar el doble juicio, pero fue rechazado por el juez y posteriormente por la Audiencia. El motivo es que la Ley no lo permite y, por tanto, la única solución sería que el legislador aborde una reforma de la misma. La clave estaría en un enjuiciamiento conjunto y que en la sentencia el magistrado imponga las penas que corresponda a cada uno de ellos según su edad.

Sin embargo, también hay opiniones contrarias a esta opción, ya que defienden que las garantías procesales tienen que ser aún mayores en el caso de los adultos, comenzando por el tiempo de la instrucción, por ejemplo. Y es que mientras que en los adultos el tiempo máximo en prisión preventiva (a la espera de juicio) es de dos años prorrogable otros dos; en el caso de los menores es de seis meses de internamiento, que también puede prorrogarse otros tres.

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