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Los jueces sevillanos deniegan el 60% de las órdenes de protección

En el primer semestre del año, de las 869 solicitadas se concedieron un total de 339

el 14 dic 2014 / 23:15 h.

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Tras una semana negra en la que la violencia de género se ha cobrado cuatro nuevas víctimas mortales en España, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha anunciado una revisión de los protocolos de evaluación de riesgo de las mujeres denunciantes para tratar de mejorar su protección, tras conocerse que de las 15 víctimas asesinadas que denunciaron (de un total de 48), 14 casos se calificaron como de riesgo bajo o nulo. En Sevilla, hasta octubre, había 3.126 casos activos en el sistema de seguimiento integral en los casos de violencia de género de los cuales los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no apreciaban riesgo en 2.503 mientras que fijaron un riesgo bajo en 514 casos y medio en 109, en ningún caso riesgo alto o extremo. proteccion-maltratoLa apreciación de cualquier nivel de riesgo en este sistema implica un seguimiento policial específico a estas mujeres, mediante un contacto de los agentes con ellas cuya periodicidad varía en función del riesgo. Pero al margen de este seguimiento policial, cuando una mujer denuncia, existen otras medidas de protección que los jueces pueden dictar, tales como las órdenes de alejamiento o comunicación. Sin embargo, las estadísticas judiciales reflejan que en Sevilla se deniegan más de la mitad de las ordenes de protección solicitadas, una tendencia que no ocurre en ninguna otra provincia andaluza y que tampoco es común en el resto de España (solo en Barcelona el porcentaje es mayor aunque también se rechazan más de la mitad en Madrid). Así, de las 869 órdenes de protección solicitadas entre enero y junio de este año (último dato actualizado por el Consejo General del Poder Judicial), 339 fueron concedidas mientras que 530 fueron denegadas. En su memoria anual, la Fiscalía Superior de Andalucía ya alertaba en el capítulo dedicado a la violencia de género que «en relación directa con los asuntos penales incoados, las medidas de protección son muy inferiores en proporción a los delitos» y en concreto la Fiscalía de Sevilla señalaba que «en relación al Protocolo de Valoración Policial de Riesgos se observa en algunos casos que no coincide la evaluación policial con la apreciación subjetiva del juez y fiscal en casos de riesgo medio o bajo, no así de riesgo extremo o alto». La abogada coordinadora del turno de oficio de violencia de género, Amalia Calderón, ve «una involución importante» en los cuatro juzgados de violencia de género Sevilla en cuanto a la «interpretación restrictiva del peligro» para conceder medidas de protección. «La salud psicológica no se valora nunca y en las lesiones físicas se exige una entidad, se están denegando órdenes de protección incluso con parte de lesiones, parece que tienen que superar un nivel, se exige casi probar en lo que es una denuncia». Reconoce que hay «excepciones» y ella misma ha logrado órdenes de alejamiento para la mujer y los hijos con amenazas telefónicas por parte del presunto agresor «pero no es lo normal». A su juicio «ha habido un cambio notable en la interpretación de los juzgados de violencia de género» por parte de jueces y fiscales. La valoración de riesgo de las víctimas la hacen los agentes ante los que se denuncia tomando como base un cuestionario establecido pero al que se pueden incorporar testimonios de testigos «que no es fácil porque los agresores tienen buena cara ante el entorno» y datos incorporados en el atestado. El Gobierno prevé revisar tanto la periodicidad con la que se revisa esa valoración como los criterios, un aspecto que defiende la directora general de Violencia de Género de la Junta, Encarnación Aguilar, para quien el maltrato no es un hecho delictivo «puntual» sino «complejo, estructural y sistémico» en el que es necesario «ampliar» la visión de las circunstancias de la víctima y de las características del agresor para ver qué posibilidades hay de una agresión porque «en el momento que una mujer denuncia, se pone en riesgo». Para Aguilar, pese a la formación específica de policías, jueces y fiscales, es preciso ampliar el estudio del caso y no dejarlo todo a la visión de los agentes sino incorporar a los psicólogos y al resto de profesionales de las unidades de atención a las víctimas o informes de servicios a los que haya podido ir. Es una de las «muchas cosas» que toca revisar tras diez años de la Ley de Violencia de Género y ante los datos, con incidencia directa en las medidas de protección cuya denegación, alerta, «es una de las principales causas de renuncia a la denuncia». No obstante, no ve una tendencia concreta en los datos de Sevilla porque «fluctúan mucho, habría que ver caso por caso», el tipo de denuncias y los informes de riesgo porque «los jueces al final tienen que aplicar la ley».

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