Local

Los pacientes pagarán hasta 40 euros por sillas de ruedas y muletas

Sanidad fija estas aportaciones el día después de anunciar que se pagará también por el transporte no urgente en ambulancia.

el 14 dic 2012 / 12:37 h.

TAGS:

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha fijado  la aportación que tendrá que pagar el usuario para acceder a la  cartera suplementaria de prestación ortópreotesica ambulatoria entre  20 y 40 euros para rentas menores de 100.000 euros, según el borrador  de la orden al que ha tenido acceso Europa Press. En esta prestación  se incluyen, entre otros, las sillas de ruedas, las plantillas y los  audífonos.  

Así, en dicha orden que espera ser discutida con las comunidades  autónomas para su aprobación en el Consejo Interterritorial del  próximo 20 de diciembre, se establece que el usuario pagará un 10 por  ciento del precio de oferta del producto en los subgrupos de  aportación reducida, con un límite máximo de 20 euros al mes por  prescripción.  

Ateniendo a la norma, aprobada mediante un Real Decreto publicado  en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en este grupo se incluyen las  prótesis externas donde se contemplan, entre otras, los audífonos,  las prótesis de mano, prótesis de mama o prótesis del paladar para  malformaciones congénitas, traumatismos y procesos oncológicos; un  grupo de sillas de ruedas (manuales, recambios y eléctricas); y de  ortesis, ortoprótesis especiales y renovación de los componentes  externos de implantes quirúrgicos.

Para los restantes productos, entre los que se encuentran las  muletas, las personas que ostenten la condición de asegurado activo y  sus beneficiarios cuya renta  sea igual o superior a 18.000 euros e  inferior a 100.000 euros, tendrán que pagar un 50 por ciento del  precio de oferta del producto con un límite de 40 euros por  prescripción.

Del mismo modo, las personas con renta inferior a 100.000 euros se  les cobrarán un 40 por ciento del precio de oferta del producto, con  un límite máximo de 30 euros por prescripción; asimismo, para los  pensionistas el pago será un 10 por ciento del precio de oferta del  producto, con un límite máximo de 30 euros por prescripción.

Para rentas superiores de 100.000 euros el borrador no establece  un límite mensual ni un porcentaje a pagar, sin embargo el Real  Decreto, actualmente en vigor, establece que tendrán que abonar hasta  un 60 por del precio de oferta del producto los usuarios, sin  especificar tampoco el límite máximo de aportación.

Atendiendo al RD, quedarán exentos de aportación los afectados de  síndrome tóxico; los perceptores de rentas de integración social y de  pensiones no contributivas; los parados de larga duración y los  discapacitados contemplados en el sistema especial de prestaciones  sociales y económicas.

Por otra parte, la orden establece que en el caso de que un  usuario requiera varios productos de tipos diferentes con el fin de  obtener una determinada prescripción final, todos ellos se indicarán  conjuntamente constituyendo a todos los efectos una única  prescripción.

El objeto de esta norma, que es el primer borrador que se ha  sometido a informe del Comité Asesor para la Prestación Ortoprotésica  y que aún puede ser modificado, es regular la prestación  ortoprotésica suplementaria, teniendo en cuenta lo previsto en el  Real Decreto aprobado noviembre, era según señalaba Sanidad  "conseguir una mayor eficiencia y homogeneidad en la prestación".

El procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica, así  como las condiciones de acceso, de indicación, de gestión, de  aplicación del catálogo y, si procede, de préstamo, alquiler y  recuperación de los artículos, serán determinados por la  administración competente en la gestión de esta prestación designada  por cada comunidad autónoma.

  • 1