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Economía

Los parados pueden pedir la ayuda de 420 euros a partir de hoy

Con urgencia para evitar que la crisis agudice aún más la situación de las familias. La ayuda de 420 euros para aquéllos que hayan agotado la prestación por desempleo, aprobada el pasado jueves en Consejo de Ministros, podrá solicitarse a partir de hoy.

el 16 sep 2009 / 07:15 h.

Con urgencia para evitar que la crisis agudice aún más la situación de las familias. La ayuda de 420 euros para aquéllos que hayan agotado la prestación por desempleo, aprobada el pasado jueves en Consejo de Ministros, podrá solicitarse a partir de hoy.

Los desempleados que hayan agotado sus prestaciones o subsidios y tengan rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrán solicitar a partir de mañana la prestación extraordinaria de 420 euros mensuales aprobada por el Gobierno el jueves pasado.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el decreto ley que regula dicha cobertura extraordinaria, que entrará en vigor hoy y tendrá una vigencia de seis meses, prorrogables por periodos de seis meses, siempre que la tasa de paro supere el 17%.

El Ejecutivo destinará 642 millones de euros para el pago de estas ayudas, que beneficiarán a alrededor de 340.000 parados, los cuales deberán presentar sus solicitudes en los 60 días siguientes al agotamiento de la prestación o subsidio por desempleo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) informará a los trabajadores que agoten sus prestaciones o subsidios de la posibilidad de solicitar esta ayuda extraordinaria, cuya percepción obligará a participar en itinerarios de inserción laboral.

Las personas que reúnan los requisitos exigidos tendrán derecho a cobrar los 420 euros al mes a partir del día siguiente a aquel en el que se solicite, según lo establecido en el articulado del decreto ley.

Se podrán beneficiar de este programa los desempleados menores de 65 años que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el 1 de agosto y los 180 días naturales siguientes a esa fecha y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del SMI.

También tendrán derecho a las ayudas aquéllos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo.

En ambos casos, las personas desempleadas deberán estar inscritas como demandantes de empleo, suscribir el compromiso de actividad y comprometerse a realizar las actuaciones que determine el Servicio Público de Empleo correspondiente.

La prestación para desempleados que se hayan quedado sin cobertura ya fue anunciada por Zapatero a finales de julio, en las mismas fechas en las que dio por roto el diálogo social debido a la falta de acuerdo con la CEOE.

El Consejo de Ministros aporbó además el jueves que los trabajadores autónomos puedan cobrar una prestación por cese de actividad que oscilará entre un mínimo de 583,38 euros y un máximo de 1.383,9 euros mensuales en el caso de tener dos o más hijos.

Al menos, ésta propuesta del Ministerio de Trabajo es un sistema de prestación por cese de actividad que establece que la cuantía del subsidio será del 70% de la base de cotización de los doce meses anteriores -la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para 2009 es de 833,40 euros-.

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