Las emisoras de taxi de Sevilla Radio Taxi, Tele Taxi y Radio Taxi Giralda han interpuesto un recurso contencioso-administrativo, pendiente de resolución, contra la decisión del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía de sancionar con multas que suman 140.222 euros por efectuar pactos de precios y prácticas de boicot.
De hecho, la Junta de Andalucía ha publicado una disposición en boletín oficial en la que, al margen de darse cuenta de las sanciones impuestas a las tres emisoras -de los 90.241 euros de Radio Taxi, al ser mayor su volumen de negocio y facturación, a los 44.355 euros de Tele Taxi y los 5.626 euros de Radio Taxi Giralda-, se señala que los prestadores del servicio de autotaxi, abonados o socios de las emisoras, han sido "colaboradores necesarios" de las infracciones, y que su conducta podría ser objeto de una investigación en este sentido.
En este sentido, el presidente de Tele Taxi, Manuel Ledesma, ha confirmado a Europa Press la interposición del recurso tras el preceptivo aval de las cantidades, en un "frente común" en el que participan los tres entes afectados.
Según Ledesma, es "incierto" que las tres emisoras hayan participado en la comisión de infracciones contra la Ley de Defensa de la Competencia, concretando que "es totalmente injusto que se diga que las emisoras han boicoteado a hoteles o hayan redactado 'listas negras', concepto que en el momento de la sanción ni siquiera sabía lo que significaba".
En este sentido, la primera de las prácticas abusivas sancionadas es la del establecimiento en las emisoras de un registro de morosos ilegal y su utilización conjunta frente a lo usuarios -particulares y hoteles en nombre de clientes- para negarles la prestación del servicio (boicot) por supuestas deudas de servicios anteriores.
La segunda de estas infracciones es la del acuerdo de las tres emisoras para la fijación del precio a cobrar al cliente desde que éste solicita el servicio por teléfono hasta que el taxi llega al punto de recogida, pues este precio no se regula en ninguna tarifa y habría quedado acordado entre las operadoras, eliminando por tanto la competencia entre ellas.
La última de las conductas anticompetitivas que fue objeto de sanción por parte del Consejo de Defensa de la Competencia es la consistente en la "deliberada negativa" de las emisoras a prestar el servicio de taxi por llamada a aquellos establecimientos hoteleros que hacen uso de taxis no afiliados a las mismas para determinados servicios especiales prestados a sus clientes.
Al margen de las multas, la administración también instó a las emisoras a regularizar la gestión del registro de morosos y abstenerse de la utilización de éste para una política comercial común, así como a no fijar ningún tipo de precio por servicio o realizar actos de boicot.