Local

Los suelos del viejo Hipervalme ya pueden acoger sus 165 pisos

La comisión provincial de Urbanismo aprobó la recalificación del suelo como residencial, de los suelos del viejo Hipervalme, tal como quería el Ayuntamiento de Dos Hermanas.

el 15 sep 2009 / 05:39 h.

TAGS:

La comisión provincial de Urbanismo aprobó la recalificación del suelo como residencial, de los suelos del viejo Hipervalme, tal como quería el Ayuntamiento de Dos Hermanas. Ya se puede edificar allí.

En esa parcela se construirán 165 viviendas plurifamiliares porque los terrenos ya no son de calificación terciaria (suelo para comercios y oficinas), según una resolución suscrita el 17 de abril pero publicada ahora en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

En concreto, la iniciativa del gobierno municipal de Francisco Toscano (PSOE) consiste en recalificar como suelo residencial estos terrenos que ocupaba Hipervalme, una operación que implica la transferencia al patrimonio municipal de superficies aledañas destinadas equipamiento comunitario (colegios, polideportivos, etcétera) y a una actuación para abrir nuevas calles. El Ayuntamiento también incorpora los terrenos necesarios para la ampliación de las calles Manuel Calvo Leal y Nuestra Señora del Carmen.

Para compensar los incrementos de aprovechamiento urbanístico y de población derivados de la operación, esta reforma del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) lleva implícita la calificación de 16.110 metros cuadrados de la zona de Cantaelgallo', con acceso rodado desde la Avenida Juan Pablo II, como suelo destinado a dotaciones generales -servicios para la población-, suelos que figurarán a partir de ahora como suelo urbano no consolidado.

Si bien la modificación del PGOU había sido aprobada provisionalmente el 20 de abril de 2007 en un pleno municipal, la junta de gobierno nazarena decidió introducir modificaciones para "subsanar determinadas deficiencias" del documento aprobado provisionalmente.

En ese sentido, la Ley del Suelo de Andalucía (LOUA) establece que cada área o sector con uso residencial debe gozar de una reserva del 30% de la edificabilidad para la vivienda protegida (VPO), algo que no recoge la presente modificación: el Consistorio alega su "innecesariedad" (sic) dadas las reservas superiores "al máximo legal" que ya contemplaba el PGOU nazareno.

Aunque la comisión provincial ve con "cierta lógica" la justificación del Ayuntamiento "a la vista de la magnitud de la reserva de vivienda protegida" en Dos Hermanas, recuerdan los técnicos que la LOUA es "tajante" y sólo admite excepciones en áreas o sectores con una densidad de menos de 15 habitantes por vivienda que "no se da" en este caso al elevarse a 77. Por ello obliga al Ayuntamiento a "definir adecuadamente las infraestructuras y servicios por el aumento de población que experimentará.

  • 1