María del Mar Jiménez relevará al alcalde dimisionario de El Garrobo

Los socialistas gobiernan el municipio en minoría pero sólo un pacto entre IU-CA y PP podría abortar la sucesión.

el 21 may 2014 / 11:52 h.

La Agrupación socialista de la localidad sevillana de El Garrobo prevé que la  primera teniente de alcalde, María del Mar Jiménez Rivero, suceda a  Bernardo Alcón en la Alcaldía a cuenta de la dimisión de este último  como consecuencia de la condena a siete años de inhabilitación que  pesa sobre él por un delito continuado de prevaricación. Aunque los  socialistas no gozan de mayoría absoluta en la Corporación local de  El Garrobo, pues cuentan con tres ediles sobre un total de siete,  sólo un pacto entre IU-CA y PP impediría que Jiménez Rivero se haga  con el bastón de mando. El aún alcalde de El Garrobo, Bernardo Alcón, ha informado a  Europa Press de que el Ayuntamiento de este pequeño municipio aún no  ha celebrado el pleno destinado a dar cuenta de su renuncia, que  responde a la sentencia que le condena a siete años de inhabilitación  por un delito continuado de prevaricación cometido al contratar como  peones a diversos vecinos, sin que las plazas respondiesen a ninguna  convocatoria de empleo público ni mediasen los principios de mérito,  igualdad y capacidad. Alcón, además, habría abandonado el puesto que  ostentaba como personal eventual del Grupo socialista de la  Diputación provincial, según han informado a Europa Press fuentes del  PSOE. Pero el relevo está ya claro, según el alcalde dimisionario, quien  explica que la primer teniente de alcalde, María del Mar Jiménez  Rivero, será quien lidere la candidatura socialista en el pleno de  investidura que debe suceder al pleno de renuncia. Jiménez Rivero, en  ese sentido, será previsiblemente la nueva alcaldesa, pues aunque el  PSOE gobierna en minoría este municipio, para abortar el relevo sería  necesario un pacto entre IU-CA y PP y recordemos que IU-CA y PSOE  están unidos en el gobierno autonómico. EL CASO DE EL GARROBO El caso responde a una denuncia del Grupo popular del Ayuntamiento  de El Garrobo, tras constatar que en el Consistorio habían sido  contratados peones agrícolas "con informes desfavorables del  secretario-interventor", siendo dos hermanas del alcalde dos de las  personas beneficiadas por estos contratos. El alcalde de El Garrobo ya reconoció, en su declaración ante el  Juzgado de Instrucción número dos por este caso en julio de 2012, que  verdaderamente no medió ninguna "selección" de personal en la  contratación de peones agrícolas para el mantenimiento de los parques  y jardines del municipio, aunque argumentaba que "las contrataciones  eran puntuales y normalmente urgentes e impedían iniciar un proceso  selectivo". Del mismo modo, reconocía que se había venido contratando a peones  agrícolas para labores de limpieza, mantenimiento y conservación en  los parques del municipio a pesar de que la figura de peón agrícola  "no existe" en la relación de puestos de trabajo (RPT) del  Consistorio. En su defensa, alegaba que esta práctica se venía  acometiendo "desde antes de ser elegido" él mismo como alcalde allá  por 1995. También admitió el alcalde socialista que contrató como  peón agrícola al menos a una de sus hermanas, pese a un informe que  avisaba de la "causa de abstención" que pesaba sobre él dados los  lazos familiares. ALCALDE CONDENADO Después de que el pasado 30 de enero fuese celebrado el juicio en  cuestión, el Juzgado de lo Penal número dos, a través de una  sentencia susceptible de apelación y recogida por Europa Press,  condena a Bernardo Alcón a siete años de inhabilitación especial para  empleo o cargo público como autor "penalmente responsable" de un  delito continuado de prevaricación. La sentencia declara como hechos  probados que Bernardo Alcón, alcalde de El Garrobo desde 1995, dictó  entre 2008 y 2011 diversos decretos ordenando la contratación "de  determinados vecinos del municipio con la categoría de peón  agrícola", toda vez que en "todos y cada uno de los casos" mediaban  informes contrarios del secretario interventor del Ayuntamiento en  cuanto a la "falta de legalidad" de dichos decretos al no estar  sujetas estas contrataciones a "convocatoria pública", extremo que  "conculca los principios constitucionales de igualdad, mérito y  capacidad". La sentencia expone que el propio alcalde admite "que la  contratación de personal de dicha categoría se venía realizando desde  finales de la década de los 80", existiendo incluso un "libro" que  recogería tales contrataciones, aunque el primer edil "no niega la  ausencia de un procedimiento formal de oferta pública de las plazas".  El alcalde, en ese sentido, ha alegado según la sentencia que estas  contrataciones eran "de general conocimiento" por parte de los  vecinos y que "la selección seguía un criterio de antigüedad en la  solicitud y que hubiese sido ineficaz seguir un procedimiento  formal". INCUMPLIMIENTO "DOLOSO" Es precisamente en este aspecto, la fórmula seguida para las  contrataciones, en el que el juzgado considera que el alcalde  "incumple de manera grave, con conocimiento de la irregularidad de su  conducta, de manera dolosa, las obligaciones de sometimiento a la  norma que le corresponden en su condición de responsable de la  Corporación local". "En las contrataciones como peón agrícola  producidas entre 2008 y 2011, la publicidad ha sido más que relativa,  la transparencia absolutamente inexistente y los criterios realmente  tenidos en consideración para la selección del personal no se conocen  más que por la palabra del acusado y han quedado reducidos a una mera  cuestión de confianza ciega", resume la sentencia. El fallo, susceptible de recurso de apelación, considera que el  alcalde actuaba "con conocimiento de la ilicitud de su conducta",  pues mantuvo esta fórmula de contrataciones a pesar de los informes  desfavorables del secretario interventor del Ayuntamiento, toda vez  que este alto funcionario no conocía siquiera "cuál era el proceso de  selección del personal, no ha visto la lista y no sabe cómo se ha  confeccionado". Incluso "los peones que resultan empleados no dan un  mínimo de datos más allá de la existencia de una relación de  trabajadores"

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