Economía

Multa a tres fabricantes de gel por pacto de precios encubierto

Sara Lee, Puig y Colgate acordaron reducir los envases con igual coste

el 27 ene 2010 / 21:25 h.

Las empresas pactaron reducir el tamaño de los envases de gel de baño.

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas que suman más de 8 millones de euros a los fabricantes de gel Sara Lee, Puig y Colgate Palmolive por orquestar y mantener un cártel, esto es, pactar un aumento encubierto de los precios de más del 15%, que enmascararon reduciendo el tamaño de los envases -para que fuera más difícil de detectar- y manteniendo el coste de los mismos.

Según el organismo que preside Luis Berenguer, los máximos directivos de las empresas implicadas, líderes del sector, acordaron en varias reuniones esa subida encubierta de los precios del gel de baño y ducha. Así, bajo este acuerdo, Henkel, Sara Lee y Puig redujeron entre junio de 2006 y mayo de 2007 los envases de sus marcas Fa, La Toja, Magno, Sanex, Lactovit, Kinesia y Heno de Pravia en un 15% de su capacidad, en tanto que Colgate no llegó a hacer sus envases más pequeños en la fecha acordada.

El regulador ha sancionado a tres de ellos, pero ha eximido de la multa a Henkel por propiciar el inicio de la investigación. De hecho, Competencia subrayó que es la primera vez que aplica el programa de clemencia en una sanción. Según establece ese programa, los miembros arrepentidos de un cártel pueden quedar eximidos de multa o ver reducida la cuantía de la misma si deciden denunciar al resto de miembros y facilitar pruebas en su contra.

Por su colaboración, Henkel no deberá pagar los 4,27 millones con los que habría sido sancionado y Sara Lee ha visto reducida su multa de 6,19 a 3,71 millones, un 40%, también por cooperar en el proceso. Por su parte, Puig deberá hacer frente a una sanción de 2,43 millones, mientras que la multa impuesta a Colgate Palmolive asciende a 2,17 millones de euros.

Puig anunció tras conocer la sanción que presentará un recurso ante la Audiencia Nacional contra la citada resolución, al tiempo que Sara Lee mostró su "decepción" al alegar que en todo momento la compañía cooperó con el organismo. Por su parte, fuentes de Colgate señalaron a Europa Press que estudian si presentan recurso contra la misma.

Las denuncias. En una resolución del 21 de enero, el Consejo de la CNC considera acreditada la existencia, desde finales de 2005, de un cártel entre los principales fabricantes de gel de baño y ducha. El expediente se originó el mismo día, el 28 de febrero de 2008, en que entró en vigor en España el programa de clemencia, regulado por vez primera en la legislación española de defensa de la competencia.

Además, se inició después de que Henkel y Sara Lee presentaran ante la CNC sendas declaraciones en las que denunciaban su existencia, así como su participación y la de Puig, Colgate y Colomer.

Tras las denuncias, Competencia inspeccionó las sedes de todas las empresas implicadas, previa concesión de "exención condicional" a Henkel, puesto que fue la primera en aportar pruebas que permitieron ordenar el desarrollo de la investigación.

En su resolución, la CNC concluye que Henkel, Sara Lee, Colgate y Puig formaron parte del cártel, mientras que en el caso de Colomer considera que deben continuar las investigaciones para esclarecer su participación.

Se trata de una conducta tipificada como "muy grave" y de cuya ilegalidad eran plenamente conscientes las empresas implicadas, según las fuentes.

Competencia subrayó que la infracción no sólo afecta a las marcas que han reducido el envase, sino también al resto del mercado porque el hecho de que las marcas líderes incrementen sus precios implica que su distancia respecto a las demás sea mayor.

Esto significa que el resto de marcas, incluidas las blancas, disfrutan de un mayor margen para subir sus precios o para renunciar a sus políticas promocionales, sin que ello les suponga riesgo de perder cuota de mercado.

Así, el organismo consideró que la actuación de las empresas sancionadas supone un perjuicio directo para los consumidores, ya que reduce la presión competitiva entre los productores, lo que se traduce o bien en mayores precios o bien en menores ofertas.

El Supremo anula la multa a SOS

El Tribunal Supremo ha anulado la multa de 2 millones de euros impuesta a SOS Corporación Alimentaria por el Tribunal de Defensa de la Competencia en 2007 por un presunto pacto de precios con la distribución, informó ayer la compañía.

El Supremo falla así a favor del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Nacional en 2008. El Tribunal de Defensa de la Competencia impuso la multa a SOS al considerar que había incurrido en un "presunto acuerdo" con determinadas empresas de distribución para el establecimiento de un precio mínimo de venta al público de sus marcas Carbonell 0,4° y Koipesol. 

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