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Multan al Consistorio por el retraso de unas obras

El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 36.000 euros de indemnización a un taller de coches por la pérdida de negocio sufrido como consecuencia del cierre al tráfico de su calle en unas obras que se prolongaron más de lo anunciado

el 15 sep 2009 / 12:10 h.

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El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 36.000 euros de indemnización a un taller de coches por la pérdida de negocio sufrido como consecuencia del cierre al tráfico de su calle en unas obras que se prolongaron más de lo anunciado. El Consistorio intentó alegar, sin éxito.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, condena al Consistorio porque su obligación era "mantener las vías urbanas en perfecto estado de uso, permitiendo la circulación de vehículos hasta el taller del demandante".

Las obras en cuestión consistieron en un saneamiento y reposición de colectores de la empresa municipal de aguas Emasesa en la avenida de Miraflores de la capital sevillana y su prolongación en el tiempo, entre abril y septiembre de 2005, causaron "necesariamente unos perjuicios" que deben ser resarcidos por el Ayuntamiento sevillano, según estima la juez.

La sentencia precisa que las obras impedían el libre acceso al taller, pues el tráfico rodado quedó interrumpido totalmente en la avenida, y aunque el local disponía de una puerta trasera, en ella "ni siquiera figura el nombre del taller y la llamada a los clientes de esa puerta trasera era prácticamente nula comparada con la fachada principal", dice textualmente.

El Ayuntamiento de Sevilla alegó, sin éxito, estos dos accesos de que disponía el taller y además que la empresa "tenía obligación de soportar el perjuicio, por cuanto tuvo lugar en el curso de unas obras que contaban con licencia legal".

El abogado del taller de reparaciones, Ramón Escudero, ha explicado que la indemnización concedida de 36.000 euros más los intereses legales es inferior a la reclamada, que fijó inicialmente en 56.600 euros, porque la juez considera que el cálculo del lucro cesante no tuvo en cuenta "los costes ahorrados por el menor volumen de negocio" en el taller. Así, la sentencia alega que "se ignora si ha habido disminución de personal o menos impuestos".

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