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Obligan a un divorciado a dividir su vivenda

el 31 may 2012 / 14:59 h.

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que sienta como  doctrina jurisprudencial la posibilidad de dividir una vivienda en un  procedimiento de divorcio, cuando sea "lo más adecuado" para la  protección del menor y "siempre que sea posible la división y reunir  las viviendas resultantes las condiciones de habitabilidad, a pesar  de que no haya acuerdo entre los cónyuges".

Esta sentencia surge a raíz de un recurso presentado a la  Audiencia Provincial de Málaga por un bufete de abogados de  Benalmádena, tras iniciarse en 2010 un litigio entre dos cónyuges en  el que su "único" punto de discordia era la atribución del uso de la  vivienda familiar.

En concreto, se trata de una casa de dos plantas en la que vivía  la pareja con sus dos hijos, cuya custodia le fue atribuida a la  madre. Por las condiciones arquitectónicas de la misma, el padre  sostenía que se podía satisfacer las necesidades de todas las partes,  sin interferir en la vida privada o íntima que pudiera iniciar cada  uno.

Así, se proponía que el marido se quedara con la planta inferior  de la vivienda y que la superior fuera para el resto de la familia,  según ha informado el bufete de abogados a través de un comunicado.  Además, el padre no tenía otra vivienda donde irse a vivir.  

El Juzgado de Primera Instancia de Vélez-Málaga (Málaga) accedió a  la solicitud, atribuyéndole la planta baja de la casa "siempre y  cuando acometiera obras mínimas para independizar ambas viviendas".  La esposa, por su parte, presentó recurso ante la Audiencia, que  revocó la sentencia, indicando que en caso de discrepancia entre  ambos cónyuges había que aplicar "estrictamente" el artículo 96 del  Código Civil, el cual no permite la división.

Finalmente, el marido, representado por el citado bufete recurrió  la decisión de la Audiencia ante el Tribunal Supremo, quien "sienta  como doctrina jurisprudencial que cabe la división de una vivienda en  un procedimiento matrimonial cuando ello sea lo más adecuado para la  protección del menor".

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