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Ortega Cano: “Por mi vida, no bebí. Estoy pasando un quinario”

El fiscal y la acusación mantienen su petición de cuatro años de cárcel

el 19 mar 2013 / 23:06 h.

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El juicio contra José Ortega Cano por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlos Parra quedó ayer visto para sentencia tras cinco sesiones en las que nueve testigos que le vieron aquella tarde-noche del 28 de mayo de 2011 entre conductores, personal del hotel La Alquería donde paró y vecinos de Villaverde del Río y Burguillos –los pueblos que visitó–, además de los profesionales que le atendieron tras el choque, difieren sobre su estado de embriaguez. El tribunal escuchó hasta cuatro informes de la Guardia Civil y de peritos de las partes con conclusiones distintas sobre la velocidad a la que iba y su forma de conducir y reaccionar ante el impacto. Todo ello con una prueba de alcoholemia practicada días después a una muestra de sangre extraída nada más llegar al hospital que dio una tasa de 1,26 gramos de alcohol por litro de sangre (el triple de la permitida) y en cuya invalidez se basa la defensa, aunque la jueza lo decidirá en la sentencia. Ortega cano a su llegada a los Tribunales de Sevilla, el martes 19 de marzo. Ortega cano a su llegada a los Tribunales de Sevilla, el martes 19 de marzo. El diestro hizo uso de su derecho a hablar al final del juicio para insistir en que “por mi salud y mi vida, no debo beber y no bebí ese día”. Aseguró que no sabe si sufrió “un vahído o mareo”, como declaró el primer día, pero juró no recordar nada del accidente ni la atención médica posterior. Aprovechó también para dirigirse a la familia de la víctima, que ha estado presente en la sala todos los días. “Me uno al dolor de su familia como desde el primer día, porque desde que me dieron la noticia me quería morir”, dijo, tras asegurar estar “pasando un quinario” en los dos años transcurridos, porque “es el percance más grande” sufrido en su vida y en sus casi 40 años como conductor. En la sesión matutina, los agentes del equipo de reconstrucción de accidentes de la Guardia Civil y los peritos de las aseguradoras coincidieron en cifrar en 1,26 km/h la velocidad a la que circulaba Ortega Cano en el momento del accidente, en que invadió el carril contrario y en que por la forma de sujetar y girar el volante no pudo sufrir un vahído. Los peritos de las partes, muy desprestigiados por el fiscal ante las quejas de la defensa que insistió en su prestigio, rebajaron la velocidad a entre 79 y 97 km/h y uno de ellos consideró la forma del impacto y trayectoria del coche compatible con un posible mareo del conductor. Ya por la tarde, las partes expusieron sus informes finales donde el fiscal y la acusación particular mantuvieron la petición de cuatro años de cárcel para el diestro por homicidio imprudente, conducción temeraria y bajo los efectos del alcohol, considerando acreditadas estas circunstancias por los diversos testimonios aunque se anule el test de alcoholemia pese a defender su legalidad. Lamentaron que Ortega Cano no reconozca su ebriedad porque según el fiscal “este juicio no era necesario”, mientras que para la acusación “se le podría haber aplicado la atenuante de confesión”. El abogado del diestro, Enrique Trebolle, centró su defensa en la nulidad del test de alcoholemia por dudar de su correcta custodia desde la extracción de la sangre en Urgencias del Macarena a su almacenamiento en Hematología, pese a que se negó a la petición de última hora del fiscal para que declarasen el enfermero que sacó la sangre y el celador que la llevó. Defendió la “dignidad” y “honestidad” de los testigos que estuvieron esa tarde-noche con el diestro y aseguran que no bebió ni iba ebrio, y la “profesionalidad” de los primeros médicos que le atendieron y no olieron a alcohol ni detectaron síntomas de embriaguez, así como de sus peritos, aunque se quejó de que le rechazaran otros testigos. “Es igual lo que digamos”, lamentó. Las aseguradoras Mutua Madrileña y Línea Directa se centraron en considerar probada la alcoholemia de Ortega Cano y defender que la indemnización ya pagada a la familia (170.000 euros) es la legal y en desestimar la petición por daño moral de la acusación.

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