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Otro revés por Ciudadanía

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de la Consejería de Educación y le ha advertido de que si suspende a los alumnos que no asistan a Ciudadadanía cae en una "denegación fáctica" de la objeción de conciencia, cuando ese derecho aún está por dirimir en el Supremo.

el 15 sep 2009 / 11:09 h.

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de la Consejería de Educación y le ha advertido de que si suspende a los alumnos que no asistan a Ciudadadanía cae en una "denegación fáctica" de la objeción de conciencia, cuando ese derecho aún está por dirimir en el Supremo.

Nuevo revés del TSJA a la Junta, que acata el fallo y eludió pronunciarse. Con esta último sentencia, dictada el 1 de septiembre con el nuevo curso en puertas, el alto tribunal andaluz responde a un procedimiento contencioso administrativo impulsado por un colectivo de padres y madres de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla. Y el TSJA vuelve a darle la razón a estos padres, que han emprendido una activa cruzada y acumulan varias sentencias a su favor y contra la polémica asignatura que se imparte desde el pasado curso en Andalucía.

Los padres recurrieron los suspensos en las notas de sus hijos por no asistir a la clase de Educación para la Ciudadanía. La Junta presentó una serie de alegaciones tumbadas por el alto tribunal, que además por vez primera condena a la administración a pagar las costas del proceso. Tras la sentencia del TSJA, según el portavoz de los padres y miembro del Foro de la Familia, el letrado Carlos Seco, la Consejería de Educación "debería optar por la calificación de no evaluado" y evitar los supensos en las notas definitivas que deben darse en septiembre.

La guerra se ha escrito por capítulos. La Junta advirtió el pasado septiembre que los niños que no acudieran a clases de Educación para la Ciudadanía se estaban jugando un suspenso en sus notas. El absentismo a la asignatura, advirtió la entonces consejera de Educación y hoy secretaria de esta materia en el PSOE, Cándida Martínez, penalizaría exactamente igual que si fuera matemáticas o inglés.

Era la respuesta del Gobierno andaluz ante una avalancha de recursos de padres andaluces reclamando la objeción de conciencia a la asignatura.

Pero todo dio un vuelco el pasado marzo, en plena campaña electoral, cuando el TSJA tumbó los argumentos del Estado y la Junta que defendían que la objeción era un derecho constitucional que estaba reservada a quienes no querían realizar el servicio militar. El alto tribunal andaluz, en una setencia muy dura, abrió la puerta al derecho a objetar de los padres ante la asignatura. "Su alto contenido político", advirtió la sala tercera del TSJA -llamada la sala vaticana por alinearse con las doctrinas más conservadoras-, debía permitir a los padres la objeción. Lo contrario, vulneraría derechos fundamentales, dictó.

En otras comunidades como Cataluña o Asturias se emitieron sentencias en sentido contrario y rechazando la objeción. La Fiscalía de Sevilla, la Junta y la Abogacía del Estado recurrieron el fallo ante el Supremo, que es en la actualidad el que debe unificar doctrina y decidir de una vez por todas sobre la asignatura. Basándose en esto, el TSJA dice ahora a la Consejería de Educación que no puede suspender a los alumnos que no asistan a clase porque todavía el máximo tribunal no ha dicho si tienen o no derecho a objetar y no asistir a la materia.

Contenidos. Ésta no ha sido la única sentencia del TSJA a favor de los padres que lideran la batalla contra la materia de Ciudadanía. Hay en total 14 autos conocidos del TSJA a favor de los padres, entre ellos seis setencias que respaldan a padres objetores en Jaén. La Junta las ha recurrido todas.

Además el alto tribunal andaluz, el único de España que permitió la objeción, dictó otra sentencia -difundida a principios de mayo- por la que eliminó los contenidos de la asignatura que defendían la igualdad de género o la homosexualidad. También la Junta recurrió y el Supremo deberá pronunciarse.

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