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Perder el juicio

Una de las intervenciones arquitectónicas mas significativas de los años ochenta del siglo XX será destruida por imperativo legal. Deberá demolerse la obra llevada a cabo en el Teatro Romano de Sagunto por los prestigiosos arquitectos Giorgio Grassi y Manolo Portaceli...

el 14 sep 2009 / 22:20 h.

Una de las intervenciones arquitectónicas mas significativas de los años ochenta del siglo XX será destruida por imperativo legal. Deberá demolerse la obra llevada a cabo en el Teatro Romano de Sagunto por los prestigiosos arquitectos Giorgio Grassi y Manolo Portaceli, gracias a la cual pudo volver a vivir su función originaria con excelentes resultados y adquiriendo notoriedad a partir de su difusión en medios profesionales y de información general de todo el mundo. La sentencia del Tribunal Supremo confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana originado en el litigio abierto en 1993 por un abogado y ex diputado del PP contra la actuación promovida por la Generalitat Valenciana, entonces presidida por el socialista Joan Lerma. Un ejemplo más de las perversiones de la pugna política y su comparsa judicial.

Considero que el Alto Tribunal ha perdido el juicio, se ha contaminado de un juego perverso, al exigir la eliminación de la "atmósfera romana" que sus autores supieron crear, según la acertada definición que le diera Ignasi de Solá-Morales, entonces el más importante teórico español de arquitectura. Con esa sentencia se consolida la interpretación más torticera del punto 2 (se "evitarán los intentos de reconstrucción") del artículo 39 de la Ley del Patrimonio Histórico Español de 1985, promovida durante el primer gobierno de Felipe González, redactado ingenuamente al pretender evitar los pastiches con que hasta entonces se nos obsequiaba en las llamadas restauraciones en "unidad de estilo". Lo cual significa una burla legal al no basarse en la intención del legislador sino en el inmovilismo del propio gusto del Tribunal, que se niega a ponderar el valor testimonial (patrimonial) que lo realizado ya posee, da la vuelta al concepto de reversibilidad de lo realizado, quiebra el beneficio social y cultural que el Teatro había consolidado en la ciudad de Sagunto, y renuncia a seguir el principio de tradicional prudencia para con las inversiones del erario público, que, como muy bien señaló hace cinco años en un opúsculo admirable el Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense Santiago Muñoz Machado, en un última instancia, procedería en este caso seguir el criterio del Consejo de Estado francés: "l'ouvrage public mal planté ne se détruit pas".

Es lamentable que se pretenda añadir un nuevo gasto público al invertido en su día, y que se quiebre el beneficio social obtenido con las actividades teatrales y el atractivo cultural que el Teatro Romano de Sagunto tiene en su actual configuración; pero aún es más preocupante que esta sentencia comporte destruir lo que tengo para mí es un bien patrimonial del último cuarto del siglo XX, complementario de las ruinas romanas sobre las que se intervino. El sentido común y el sentido de la historia demuestran que la Justicia y sus fundamentos son realidades contingentes. Si de mí dependiera no ejecutaría esta sentencia, y tengo para mí que el tiempo me otorgaría la razón.

Víctor Pérez Escolano es catedrático de Arquitectura de la Hispalense

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