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Piden exhumar un cadáver para hacer una prueba de paternidad

Un vecino de Écija quiere desenterrar un cadáver para una prueba de paternidad. El fallecido es hermano de su presunto padre, un rico hacendado que supuestamente lo concibió en una relación extramatrimonial y que nunca lo reconoció, dejándolo fuera de su testamento. (Foto: El Correo).

el 15 sep 2009 / 02:11 h.

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Un vecino de Écija quiere desenterrar un cadáver para una prueba de paternidad. El fallecido es hermano de su presunto padre, un rico hacendado que supuestamente lo concibió en una relación extramatrimonial y que nunca lo reconoció, dejándolo fuera de su testamento.

De hecho, el reconocimiento legal de su filiación es el paso previo que da este vecino, de 65 años de edad, antes de reclamar la parte que, según él, le corresponde de la herencia de su presunto padre. Pero para poder exigir la misma, primero debe ganar en los tribunales el derecho a llevar los apellidos del difunto.

El supuesto padre del reclamante murió hace más de cuatro años y fue incinerado, por lo que no se le puede practicar la prueba del ADN. Desde el año 2003 lleva su supuesto hijo ilegítimo, un hombre ya mayor "y con escasos medios de vida", según el abogado Fernando Osuna, que lleva el caso, pidiendo que se reconozca legalmente que es hijo natural del rico hacendado.

"Esta persona nació fruto de las relaciones habidas entre el que fue su padre y una persona que trabajaba para él en su casa", afirma Osuna sobre su cliente, que reclama que se reparta la herencia del finado, "aproximadamente seis millones de euros", según el abogado, entre él y la hija legítima y única heredera.

Fernando Osuna asegura que la prueba del ADN para la que se pide que se exhume el cadáver del supuesto tío de su cliente - fallecido hace unos 15 años - es un recurso al que no esperaban tener que llegar. "Lo teníamos en reserva, pero nos vimos obligados a pedirlo cuando vimos que los testigos no recordaban nada o alegaban motivos de salud para no presentarse a juicio", se justifica el letrado.

Prácticamente todos los testigos rondan o superan los 80 años de edad y, o no recuerdan nada sobre el caso, o tienen demasiados achaques como para siquiera salir de casa y acudir a declarar al juzgado de Sevilla que instruye el caso, según Osuna.

Por eso, insiste el abogado, recurren al testimonio que puede dar la comparación del material orgánico de su cliente con el del hermano de su presunto padre. "Esa prueba va a ser decisiva, es de vital importancia", enfatiza Osuna, que asegura que hay muchos motivos legales y jurídicos a favor de su petición de exhumación, que ya ha sido tramitada por el juez ante la viuda del fallecido para que ésta dé su aprobación "aunque no es vinculante para el juez", matiza Osuna, por lo que es el magistrado el que, en última instancia, puede autorizar la exhumación de los restos y el análisis del ADN.

El letrado ha llevado otros casos similares. En concreto en este caso, la ley permite que herede su cliente, pues el fallecimiento del padre se produjo después de la entrada en vigor de la Constitución, que no distingue a efectos hereditarios entre los hijos matrimoniales y los no matrimoniales, afirma Osuna.

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