La campaña de la renta de 2007 arranca hoy y lo hace con varias novedades con respecto a ejercicios anteriores debido a la rebaja del IRPF acometida el pasado año. Una de ellas, la elevación de los límites de ingresos que eximen de hacer la declaración cuando se tiene más de un pagador. Los contribuyentes pueden ya solicitar el borrador y sus datos fiscales.
A partir de hoy lunes y hasta el 25 de junio podrán solicitar el borrador del IRPF, así como los datos fiscales aquellos contribuyentes que no lo pidieron en la declaración de la renta del pasado año o que no lo confirmaron.
Si el contribuyente reúne las condiciones para recibirlo, la Agencia Tributaria se lo enviará junto con los datos fiscales con los que se ha calculado, mientras que en el caso de que no se le pueda enviar el borrador, siempre recibirá los datos fiscales.
El documento lo recibirán los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
¿Cómo conseguir el borrador? Se puede pedir por internet, a través de la página www.agenciatributaria.es o por teléfono (901 12 12 24 ó 901 20 03 45). Además, se obtiene por correo en el domicilio del contribuyente y puede consultarse en internet con certificado de firma electrónica y con el número de referencia del borrador.
Posteriormente, se podrá confirmar desde el 1 de abril y hasta el 30 de junio (hasta el 23 de junio si se domicilia el pago).
Entre las novedades, la Agencia Tributaria ha elevado el límite de ingresos anuales que eximen de presentar la declaración de la renta cuando el contribuyente tiene más de un pagador, según una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, a la que tuvo acceso Europa Press.
El organismo explica que no estarán obligados a presentar declaración este año los contribuyentes que hayan obtenido en 2007 rendimientos íntegros del trabajo por un importe inferior a 22.000 euros anuales cuando procedan de un sólo pagador, la misma cuantía que en los últimos años.
En cambio, si tienen más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores para estar exento de presentar declaración se ha elevado a 1.500 euros anuales, frente a los 1.000 euros de límite fijado el pasado ejercicio, con lo que se amplía el número de contribuyentes que no estarán obligados a hacer su declaración de la renta.
También con la misma finalidad, la Agencia Tributaria ha aumentado de 8.000 a 10.000 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y cuando la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Igualmente, Hacienda ha introducido cambios en la obligatoriedad de declarar para aquellos contribuyentes que, aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones como las derivadas del Plan Prever o por maternidad y nacimiento (la conocida como paga de 100 euros para las madres con hijos menores de tres años).
Hasta ahora, sólo se mencionaban las deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional y las reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.