Pleno extraordinario este lunes en Gerena para formalizar la renuncia de la alcaldesa

Margarita Gutiérrez y los concejales socialistas Alvaro Arias y Esther Pereira están condenados a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito contra la ordenación del territorio.

el 04 may 2014 / 12:07 h.

El Ayuntamiento de Gerena (Sevilla) celebra este lunes un pleno  extraordinario para dar cuenta de la renuncia de la alcaldesa,  Margarita Gutiérrez (PSOE), y los concejales socialistas Alvaro Arias  y Esther Pereira, todos ellos condenados a ocho años de  inhabilitación para empleo o cargo público por un delito contra la  ordenación del territorio. La actual concejal de Educación, Juventud  y Deportes, Estela Garzón Núñez, es la persona llamada por agrupación  local del PSOE para liderar la candidatura del PSOE en la obligada  sesión de investidura que sucederá a este pleno de renuncia. La sesión plenaria extraordinaria, según han informado a Europa  Press fuentes del PSOE, se celebra en concreto a las 18,00 horas. A  partir de ese momento, los concejales dimisionarios cesarán en sus  cargos y uno de los restantes miembros del Gobierno local asumirá en  funciones la Alcaldía hasta que se celebre un pleno de investidura y  sea elegida un nuevo alcalde o alcaldesa. Los socialistas, que gobiernan en minoría con seis concejales de  un total de 13, han elegido a Estela Garzón como candidata a la  Alcaldía y ella será previsiblemente la nueva alcaldesa, pues como ha  señalado a Europa Press Gregorio González, líder de los  independientes de Gerena, no ha mediado propuesta alguna de gobierno  alternativo y los independientes tampoco están por la labor, con lo  que no habría opción matemática alguna para las sorpresas. LA SENTENCIA. La sentencia, emitida el 17 de marzo y recogida por Europa Press,  expone que el 17 de junio de 2008, la junta de gobierno del  Ayuntamiento de Gerena, entonces liderada por Jacinto Pereira como  alcalde, y de la que ya formaba parte la actual alcaldesa socialista,  aprobó una licencia de obras solicitada por Agustín F.G. para la  reforma y ampliación de su vivienda, localizada en el número uno de  la calle Jilguero, en la urbanización Los Zarzalejos. La sentencia recoge como hechos probados que la licencia fue  concedida "a pesar del informe desfavorable del arquitecto municipal,  a la vista de la legalidad vigente". Según el fallo, "la existencia  de un planeamiento de desarrollo o plan parcial y un proyecto de  urbanización eran en todo punto ineludibles, circunstancias conocidas  perfectamente por cada uno de los acusados en el momento de la  votación, pues el 17 de junio el arquitecto municipal informó de que  procedía denegar el otorgamiento de la licencia porque las normas  urbanísticas vigentes clasificaban el terreno como suelo urbanizable  sectorizado (...) y al no haber sido aprobado el documento de  planeamiento de desarrollo del ámbito del plan parcial, ni un  proyecto de urbanización, no era posible comprobar que se cumplían  los parámetros de la calificación aplicable". "A petición del alcalde, y con objeto de que se aprobara la  concesión de la licencia por la junta de gobierno, Juan Alfonso  Rubio, en su condición de secretario interventor del Ayuntamiento,  emitió un informe el 17 de junio con una serie de argumentos a favor  de conceder la licencia y se proponía que si se concedía, se  sometiese a la condición de la firma de una declaración del  propietario de aceptación de que su parcela iba a ser incluida en  suelo urbano no consolidado en el PGOU", refleja la sentencia, según  la cual "estas afirmaciones las realizaba el acusado basándose en  previsiones futuras, siendo consciente de que el instrumento de  planeamiento no existía y argumentando a favor de conceder la  licencia razones ajenas a la legalidad vigente".

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