Economía

Prescribe el delito de 'Pepe el del Popular'

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santander ha declarado prescrita la posible responsabilidad criminal de José Pérez Díaz, Pepe el del Popular por los delitos de falsedad en documento mercantil y de apropiación indebida y ha ordenado su "inmediata" puesta en libertad.

el 16 sep 2009 / 01:04 h.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santander ha declarado prescrita la posible responsabilidad criminal de José Pérez Díaz, Pepe el del Popular por los delitos de falsedad en documento mercantil y de apropiación indebida y ha ordenado su "inmediata" puesta en libertad.

Así se acuerda en un auto fechado el pasado viernes, 3 de abril por el magistrado titular del juzgado, Fernando Vegas García, contra el que cabe recurso de apelación ante el propio juzgado y ante la Audiencia Provincial de Cantabria, en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación del auto a las partes.

Pérez Díaz está recluido desde hace dos semanas en la prisión del Estado de Veracruz (México), por una orden de detención internacional librada por la Justicia española a la Interpol.

Pepe el del Popular huyó de Santander en 1991, poco antes de que el Banco Popular realizara una inspección a la sucursal que dirigía (la número 1 de la capital cántabra), donde su gestión produjo un agujero que la propia entidad cifró en 6.000 millones de pesetas de la época (36 millones de euros).

Por su parte, el Banco Popular anunció ayer que iniciará un recurso de apelación contra el susodicho auto. Así lo aseguró el director de los Servicios Jurídicos, Tomás Pereira, quien prefirió reservar para el procedimiento judicial los argumentos del mismo.

En cuanto a los fundamentos jurídicos del auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, el magistrado recuerda que los hechos que se le imputan a Pérez Díaz son susceptibles de ser calificados como delito continuado de falsedad en documento mercantil y delito continuado de apropiación indebida.

Ahora bien, explica que la legislación aplicable debe ser la que estaba vigente en el momento en el que ocurrieron los hechos (entre los años 1989 y 1991), por tanto, el texto refundido del Código Penal del 14 de septiembre de 1973.

Y de acuerdo con esa normativa, los delitos imputables a Pepe el del Popular tenían un plazo de prescripción de diez años. En el caso del segundo de los delitos, el de apropiación indebida, la aplicación podría diferir si se considerara que en la estafa hubo múltiples perjudicados, pero el Juzgado remite a la sentencia del Tribunal Supremo de junio del año 2006, en la cual se concluye que el único perjudicado fue el banco (los clientes fueron indemnizados por la entidad).

En consecuencia, el magistrado considera prescritos ambos delitos y concluye que no procede pedir la extradición de José Pérez Díaz, sino por el contrario, dejarlo en libertad.

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