La Audiencia de Sevilla condena a cuatro meses de prisión a una mujer por dar a su marido una bofetada que le causó una "contusión facial, de la que curó en un solo día", hecho por el que además deberá indemnizarle con 30 euros.
No siempre el condenado por violencia doméstica es el hombre. La sentencia de la Sección Primera recuerda que esta agresión está tipificada como delito pues se dirigió contra el cónyuge y con una circunstancia de "especial agravación" al haberse perpetrado ante las dos hijas de la pareja.
La mujer fue condenada inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla a nueve meses de cárcel, si bien ahora los jueces rebajan la pena a cuatro "en atención a las circunstancias que precedieron" a la bofetada. De hecho, la acusada M.A.A.S., que estaba en trámites de separación, dio la bofetada a su esposo F.F.D. a las 12.30 horas del 25 de febrero de 2006 en el recibidor de la vivienda familiar, situada en Gines, en el transcurso de una discusión porque ella se negaba a que se llevara a las niñas.
En función de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, tal hecho se considera un delito de lesiones en el ámbito familiar, con una pena prevista de entre tres meses y un año de cárcel.
En su escrito de apelación y en el juicio, la procesada argumentó que sólo quiso tapar la boca a su marido, pero el juez consideró más verosímil la declaración del denunciante, que relató que su mujer "giró el cuerpo para coger velocidad y le dio una bofetada". Los jueces se remiten a la apreciación de los hechos realizada por el primer magistrado que vio el caso, que al "escuchar directamente a las partes, es quien está en mejores condiciones para valorar su credibilidad y para obtener de ellas su convicción sobre lo sucedido". Junto a los cuatro meses de cárcel, se le impone a la acusada, de 44 años, la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su marido durante un año y medio, otros siete meses de prohibición de tenencia de armas y el pago de una indemnización de 30 euros.
De igual modo, según las cláusulas del divorcio, la esposa se queda con la tutela de las dos niñas y debe pasar mensualmente a su marido, durante cuatro años, una pensión 300 euros por el desequilibrio que le ha causado el proceso de separación, según informaron a Efe fuentes la defensa de la mujer.