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Revisan la pena de 13 años a un maltratador

El Supremo ha anulado la condena por indefensión, ya que no se admitieron algunos testimonios que pidió el acusado.

el 10 dic 2009 / 20:05 h.

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El Tribunal Supremo (TS) ha declarado nulo y, por tanto, ha ordenado que se repita el juicio por el que la Audiencia Provincial condenó a casi 13 años de prisión a un vecino de Adra (Almería), de 59 años, como autor de un delito de maltrato habitual y otro de agresión sexual a su esposa al considerar que se vulneró su derecho constitucional de defensa por denegar la práctica de varias pruebas propuestas por el letrado que ejercía su defensa.

La sentencia del Supremo señala que el tribunal no fue "razonable" al denegar por "reiterativa" y "superflua" la declaración de hasta cinco personas propuestas por el acusado, por lo que ordena la celebración de un nuevo juicio por magistrados diferentes a los que formaron sala de instancia al retrotraer las actuaciones al momento en que se no se admitieron las citadas pruebas.

La Audiencia Provincial de Almería condenó al procesado a 12 años y 10 meses de prisión por someter a "agresiones e intimidaciones constantes" durante casi tres décadas de matrimonio a su esposa, a quien en, al menos una ocasión, violó hasta causarle lesiones y a la que amenazaba de muerte cada vez que ella intentaba poner fin a una relación "de terror", según definió uno de los tres hijos del matrimonio en la vista oral.

En concepto de responsabilidad civil, el hombre, quien negó los hechos ante el tribunal, debía indemnizar a su ex mujer con 9.000 euros y le quedaba vetado acercarse a ella durante 20 años a menos de 200 metros. La víctima, que aseguró que nunca denunció antes de una agresión en enero de 2008 "por miedo, vergüenza y por intentar mantener a la familia unida", fue objeto durante toda la vida en común con su ex marido de "vejaciones y maltrato físico y psíquico".

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