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Se suprimen los honores militares al Santísimo en la procesión del Corpus

No habrá himno nacional ni movimientos de armas en la procesión eucarística de mañana.

el 02 jun 2010 / 11:37 h.

Los militares, en la procesión del Corpus del año pasado.

Hoy no habrá honores militares al Santísimo Sacramento en la procesión del Corpus Christi. Ni habrá una interpretación del Himno Nacional por parte de la unidad militar ni tampoco habrá movimientos de armas. Ésta es una de las consecuencias de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Honores Militares aprobado por el Gobierno el pasado 20 de mayo, en virtud del cual se suprimen los honores al Santísimo y se incluye un texto sobre la participación de las Fuerzas Armadas en actos religiosos.

El Real Decreto 684/2010 de 20 de mayo, que sustituye al de 1984, suprime los honores al Santísimo (desaparece el capítulo así llamado) y “por omisión” también elimina la rendición de honores a las imágenes religiosas. Según aclara el comandante Costas, responsable de la Oficina de Comunicación de la Fuerza Terrestre, “esto no quiere decir que pueda haber piquetes de acompañamiento en celebraciones de carácter religioso de tradicional participación castrense, pero en ningún caso –asevera- podrán rendir honores”.

De esta forma, la compañía del Ejército que hoy cerrará la procesión del Corpus no desarrollará ningún movimiento de armas (deberán permanecer en posición de firmes) ni se interpretará el Himno Nacional a la salida de la Custodia de Arfe de la Catedral por parte de la Unidad de Música de la Subinspección General del Ejército Sur (antigua Soria 9).

La entrada en vigor del nuevo reglamento no afectará, sin embargo, a la realización del desfile final ante la Custodia de las distintas secciones militares que participen en la procesión, ya que “es algo consustancial a un piquete”.

Tampoco afectará a los cambios de hombro del arma que tradicionalmente realizan los militares –muy celebrados por el público- ya que “no son específicamente honores militares”.

El decreto incluye, en su disposición adicional cuarta, un texto sobre la participación de las Fuerzas Armadas en actos religiosos: “Cuando se autoricen comisiones, escoltas o piquetes para asistir a celebraciones de carácter religioso con tradicional participación castrense, se respetará el ejercicio del derecho a la libertad religiosa y, en consecuencia, la asistencia y participación en los actos tendrá carácter voluntario”.

 

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