Por Derecho

"Sin derecho a la información, no es posible la democracia"

Fernando Álvarez-Ossorio es Doctor en Derecho Constitucional y miembro del grupo de investigación Unión Europea y Estado Autonómico. Entre sus líneas de investigación destacan los derechos fundamentales.

el 06 dic 2014 / 10:10 h.

El profesor Álvarez-Ossorio en el campus de Ramón y Cajal de la Hispalense, donde tiene su despacho. / Pepo Herrera. El profesor Álvarez-Ossorio en el campus de Ramón y Cajal de la Hispalense, donde tiene su despacho. / Pepo Herrera. Muestra su lado más enérgico, más entusiasta, cuando habla de su materia con el convencimiento de que debe estar en la matriz de las sociedades democráticas. Se reconoce provocador de sus alumnos, en una pose que pretende despertarles de un letargo endémico, generacional. Se muestra satisfecho de su método, que le ha regalado mensajes de reconocimiento de quienes pasaron por su aula y ahora son periodistas. —Primer día de clase. ¿Primera palabra que escribe en la pizarra? —Constitución en mayúsculas, porque entiendo que la constitución democrática es el prius del derecho a la información, o viceversa. Sin derecho a la información es imposible una constitución democrática. Es un invitado inevitable. Allá dónde haya democracia se tendrá que hablar siempre del derecho a la información. —¿Qué validez tiene esa máxima en el marco sociopolítico actual en España? —Pongo en relación dos cosas que van necesariamente unidas: que la democracia necesita de una información de calidad para que se pueda participar de ella. A partir de ahí, las cosas hay que agarrarlas en el árbol. Una uva no se entiende si no la agarras en el árbol. La democracia tiene una rama muy gruesa que es el derecho a la información. Como dice el Tribunal Constitucional, sin derecho a la información, todo quedaría reducido a una forma vacía, huera, sin sentido. —Cita al Constitucional, ¿en qué medida cree que hace valer el derecho a la información? —Ha hecho una magnífica lectura de lo que significa el artículo 20d de la Constitución, y además lo ha hecho en confrontación con otros derechos que pueden ser límites, en contra muy habitualmente de lo que ha sido la jurisprudencia de los tribunales ordinarios. Ha entendido el sentido profundo que tiene el derecho a la información para el sistema democrático. —Ya. ¿Y en la práctica? ¿En la calle? ¿Tiene mismo peso fuera de los posicionamientos filosóficos del estado? —Un derecho funcional se puede limitar cuando se enfrenta con un bien o valor de la misma naturaleza. No vale que la Ley de Seguridad ponga cualquier bien frente al derecho de un informador a meterse en la melé de una manifestación a tomar las imágenes de una carga policial. No vale cualquier límite, y por supuesto, no valen límites abstractos, como la seguridad de los agentes de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado. Lo que está en juego es el derecho que tenemos los ciudadanos a saber qué está ocurriendo. —Debemos hablar también de las obligaciones de los periodistas. —En una rebeldía tranquila en la que se encuentran, los periodistas del mañana deben al menos pensar. Que no se crean las frases hechas. Que intenten buscar qué hay detrás; la realidad, porque las frases hechas no les van a hacer ver el mundo. —Claro, lo que ocurre es que también tenemos que considerar la aparición del periodismo ciudadano donde confluirían el derecho a informar y a ser informado en un mismo individuo. —Dice también el Tribunal Constitucional que el periodista tiene una posición preferente en el ejercicio de transmitir información, porque cuenta con los rudimentos del oficio y con el código deontológico, pero también los ciudadanos a través de twitter, por ejemplo, y nos hacen titulares de ese derecho a los ciudadanos. —¿Usted tuitea? —Mucho. Y cuando lo hago, traslado información.

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