Salud

Sólo 42 diagnósticos fallidos desde que se aplica la segunda opinión médica

El decreto, que permite una nueva evaluación desde verano de 2013, avala el grado de acierto de los facultativos andaluces. El 97,5% de diagnósticos y tratamientos realizados fueron ratificados por un segundo especialista.

el 05 may 2014 / 23:24 h.

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El índice de fallo o discrepancia en los casos en los que los pacientes piden una segunda opinión médica es muy bajo. / Javier Díaz El índice de fallo o discrepancia en los casos en los que los pacientes piden una segunda opinión médica es muy bajo. / Javier Díaz El paciente al que se le ha detectado una enfermedad grave, incurable o que comprometa a su calidad de vida tiene derecho a un nuevo diagnóstico. Es así desde verano de 2003, cuando Andalucía se convirtió en la primera comunidad autónoma en implantar la opción de la segunda opinión médica. Una demanda de los propios pacientes que, más de una década después de su entrada en vigor, refleja el alto grado de acierto de los facultativos tanto en el diagnóstico como en el tratamiento en patologías que no son precisamente un simple catarro, sino de la gravedad de un tumor o una de las enfermedades catalogadas como rara. En los informes analizados, en el 97,5% de los casos coincidió la opinión de los expertos. Eso constata un porcentaje mínimo de error que, además, mejora año a año: en 11 años solo se detectaron 42 discrepancias, de las cuales seis de ellas corresponden al periodo 2011-2014. El balance, aportado por la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, contabiliza 1.740 informes resueltos desde su puesta en marcha, mientras que hay medio centenar que se encuentran en proceso de tramitación. No es un número elevado y, de hecho, ha habido alguna crítica puntual por parte del Defensor del Paciente sobre el poco volumen de casos. Sin embargo, tiene su explicación en que la segunda opinión médica está restringida a pacientes con una patología grave. Como muestra está que más de la mitad de solicitudes para una nueva evaluación se quedan en el camino. De esta manera, 4.455 personas han solicitado este servicio, a razón de una media de una solicitud al día desde su entrada en vigor en agosto de 2003, pero solo se han llevado a cabo un 39%. El grueso de las denegadas (2.307 solicitudes que representan un 51% del total) se desestimaron principalmente por tratarse de circunstancias clínicas que no estaban incluidas en el decreto. Las restantes, 358 casos, dependen de otras circunstancias, entre las que se encuentra un cambio del estado del paciente, la retirada de la solicitud y, en algún caso, también consta el fallecimiento del paciente antes de practicarle una nueva evaluación. Los motivos principales para recurrir a otro doctor siguen siendo las mismas. Las neoplasias malignas representan el 53,32% de las nuevas consultas, seguidas de las enfermedades raras, con un 21,2%.También entran en este marco de enfermedades más susceptibles de un segundo diagnóstico las patologías degenerativas y tumores raquimedulares y cerebrales. Andalucía tiene regulado el derecho a una segunda opinión médica a través de decreto, desde agosto de 2003. Para el desarrollo de este derecho se crearon equipos de expertos de reconocido prestigio en cada uno de los procesos para los que el derecho está operativo, quienes se encargan de valorar y emitir los correspondientes informes. Actualmente, hay una red de expertos de más de 130 profesionales de un abanico amplio de especialidades, que van desde la angiología, cirugía vascular, aparato digestivo o cardiología hasta medicina interna, nefrología u oncología. Cada solicitud es estudiada por un facultativo especialista en la enfermedad diagnosticada, quien basa su dictamen en las pruebas ya realizadas al paciente. Con ello, se evitan desplazamientos y molestias innecesarias a los ciudadanos. En el caso de que el especialista considere a bien realizar una prueba más o repetir alguna, lo comunicará al centro que remite la solicitud para que se la realice al paciente. En el supuesto de conformidad con el facultativo de origen, el segundo especialista consultado redacta un informe que hace llegar al enfermo para que inicie o continúe con su proceso terapéutico. Si existe discrepancia, el caso pasa a ser analizado por un equipo de expertos, integrado por profesionales del máximo nivel de acreditación, quienes emiten un informe colegiado. Las circunstancias clínicas para las que está vigente este derecho están relacionadas con las siguientes patologías: accidente cardiovascular y tromboembolismo, aneurisma, aparato locomotor, cardiopatías congénitas, columna, enfermedades coronarias, enfermedades degenerativas, enfermedades raras, epilepsias, escoliosis, neoplasias malignas, patologías oftalmológicas, trasplantes de órganos, tumor cerebral, y parálisis cerebral infantil. El derecho a una segunda opinión médica puede ser ejercido por el propio ciudadano, por sus familiares o representantes legales. La solicitud que hay que cumplimentar para solicitar este derecho está disponible en los centros administrativos dependientes de la Consejería de Salud, así como en los centros concertados. Además, se pueden descargar los formularios a través de la Oficina Virtual del Sistema Sanitario Público Andaluz o bien solicitar información al servicio Salud Responde (902 505 060), que está operativo los 365 días del año.

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