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Suavizan el castigo a un violador porque el juicio tardó mucho

El Tribunal Supremo elimina dos años de condena a un reo sevillano porque el proceso se prolongó un decenio "y el asunto no era tan complicado".

el 08 may 2011 / 10:50 h.

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El Tribunal Supremo ha rebajado de 17 a 15 años de prisión la pena impuesta a un hombre que violó, maltrató y amenazó de muerte a su esposa debido a la existencia de dilaciones indebidas, ya que entiende que la duración del proceso fue "muy excesiva" al terminar diez años después de su iniciación, sin que ello esté justificado por "la complejidad, realmente escasa, del asunto".

En este sentido, la Audiencia Provincial de Sevilla había condenado al procesado a 11 años de prisión por un delito continuado de violación; a tres años y medio por dos delitos de malos tratos habituales, y a dos años y medio de cárcel por dos delitos de amenazas, así como al pago de una multa de 180 euros por una falta de lesiones, de 120 euros por una falta de injurias, y al abono de una indemnización de 24.000 euros a favor de la madre y de 18.000 euros para la hija.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo reduce a diez años la pena de prisión por el delito de agresión sexual; a dos años la pena impuesta por los dos delitos de amenazas y a tres años la pena de cárcel por los dos delitos de maltrato, manteniendo el resto de la sentencia igual, todo ello al entender que han existido dilaciones indebidas, ya que a la duración de proceso "se añaden periodos de paralización también injustificada del proceso, principalmente a la ahora de resolver recursos".

Así, el Supremo pone de manifiesto que, entre las denuncias y la anulación del auto declarándolo falta "transcurren más de dos años, y un año ente el auto de incoación de procedimiento abreviado y la resolución del recurso interpuesto ordenando seguir el procedimiento ordinario". A ello se añade que el auto de conclusión del sumario "se dictó casi ocho años después de la denuncia, y se tardó un año en dar el traslado para calificación".

La sentencia considera probado que la víctima se casó con el imputado en 1965 y convivió con el mismo hasta el 30 de agosto de 2000, fecha en que formuló denuncia contra él, añadiendo que desde el inicio de la convivencia "empezaron los problemas para ella", pues el acusado "manifestaba unos celos irracionales, acusándola de tener un amante", motivo por el que la víctima "vivía con miedo, por un lado a llegar tarde, haciendo que sus salidas del domicilio fueran lo más breves posibles, así como a que cualquier cosa que hiciese no estuviera a gusto de su esposo", quien "repetidamente" la insultaba, golpeaba y amenazaba de muerte.

Al hilo de ello, señala que, con motivo de recibir una transfusión de sangre le contagiaron la hepatitis B y el virus de la hepatitis C, pero el acusado "se reía y mofaba de ella con las crisis derivadas de su enfermedad", todo ello al tiempo que "tenía un control férreo sobre el dinero, el consumo de luz y agua, colgando la factura de la luz en la puerta del cuarto de baño". Ante esta situación, la mujer se marchó junto a sus tres hijos a Carmona a casa de sus padres, pero el acusado fue a buscarla "diciéndole que o volvía o la mataba", reza la sentencia consultada por Europa Press.

Tras ello, volvieron todos al domicilio familiar, y en ese tiempo el procesado "pasaba largas temporadas sin hablar con su esposa, utilizando de intermediaria a la menor de las hijas, a la que llegó a decir 'dile a tu madre que como salga cojo un cuchillo y la rajo de arriba abajo', y que como tuviera un querido mataba primero a su madre y luego a ella". El día 15 de agosto de 2000, uno de sus hijos intentó razonar con él para que cambiara de actitud, "respondiendo éste con que cuando se marchara, lo llamarían para el funeral de su madre".

En ese momento, mordió a otro de sus hijos en el muslo izquierdo, "tirándole de los testículos", y añade que "durante todo el tiempo que ha durado la convivencia ha sido una constante que durante largas temporadas el acusado retiraba la palabra a su esposa, pese a lo cual la forzaba para tener relaciones sexuales", y así, en junio del año 2000, el encartado "llevaba un año sin hablarle a su esposa, por lo que cuando éste quiso tener relaciones sexuales ella se opuso". Ante la negativa de la víctima, el acusado "la tiraba de la cama para luego volver a cogerla y meterla en la cama, le arrancaba las bragas de un tirón y le abría las piernas, forzándola", lo que sucedió tres noches consecutivas.

A consecuencia de estos hechos, tanto la mujer como su hija menor sufren trastorno de estrés postraumático, con sintomatología ansioso-depresiva, que ha precisado de tratamiento psicofarmacológico y psicoterapia.

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