Local

Teddy Bautista, absuelto de la demanda del arquitecto Santiago Fajardo

El ex presidente ejecutivo de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) lo acusaba de "negligente" la ejecución del proyecto del Auditorio Al Andalus de la Cartuja.

el 11 jun 2012 / 16:29 h.

TAGS:

El ex presidente ejecutivo de la Sociedad General de Autores y  Editores (SGAE), Teddy Bautista, así como la Fundación Autor y  Arteria Comunicaciones Culturales SL, han sido absueltas de la  demanda de "intromisión ilegítima en el derecho al honor" interpuesta  por el arquitecto Santiago Fajardo y cuyo juicio se celebró el pasado  4 de junio.

Así lo ha hecho saber el Juzgado de Primera Instancia número 1 de  Majadahonda y su juez titular, Marcos Ramón Porcar. Según la  sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera  que "no resulta prueba alguna que permita imputar participación del  Sr. Bautista en las noticias publicadas en los días 17, 18 y 19 de  mayo de 2011" y en las que se acusaba de "negligente" la ejecución  del proyecto del arquitecto, a quien se le había encargado la  ejecución del Auditorio Arteria-Al Andalus, en la Cartuja de  Sevilla.

La sentencia recuerda que esta información se publicó a raíz de  otro comunicado que a su vez había enviado previamente el arquitecto  en el que imputaba a la entidad de gestión el impago de sus  honorarios y "el incumplimiento" de sus contratos.

Se trata de la segunda de las cinco demandas presentadas por  Fajardo contra Teddy Bautista, después de que un Juzgado de Madrid  archivara el pasado mes de noviembre otra por un presunto delito  contra la propiedad intelectual en relación a las citadas obras.

LIBERTAD DE EXPRESION

El juez señala en la sentencia que no hay pruebas de que Bautista  estuviese "detrás" de todas las noticias publicadas y que fuera la  persona "que daba las instrucciones y por cuyas órdenes actuaban las  demás personas". En este sentido, reitera que las manifestaciones  contenidas en los medios de comunicación en las citadas fechas "no  suponen una intromisión ilegítima en el derecho al honor que se pueda  imputar a la Fundación Autor".

Además, el juez añade que el lenguaje utilizado "no es incorrecto"  y que "se ajusta de forma bastante correcta al deseable tecnicismo  necesario cuando se da una información en relación a conflictos entre  partes con posibles implicaciones legales".

A este respecto, Marcos Ramón Porcar afirma que se trata de  "información y libertad de expresión en relación a personajes de la  vida pública, y de reflejar las versiones o posiciones de las partes  en la controversia".

Por todo ello, el juez desestima "totalmente" la demanda  presentada por Santiago Fajardo "con condena en costas al demandante"  y notifica que cabe recurso de apelación contra esta sentencia.

  • 1