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Tres militares pagan con penas de cárcel las falsedades del Yak-42

La Audiencia Nacional condenó ayer a tres años de prisión al general Vicente Navarro por falsear "conscientemente" la identificación de 30 de los 62 cadáveres de los militares españoles fallecidos en el accidente del Yak-42 el 26 de mayo de 2003, elaborando una lista de forma aleatoria.

el 16 sep 2009 / 03:00 h.

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La Audiencia Nacional condenó ayer a tres años de prisión al general Vicente Navarro por falsear "conscientemente" la identificación de 30 de los 62 cadáveres de los militares españoles fallecidos en el accidente del Yak-42 el 26 de mayo de 2003, elaborando una lista de forma aleatoria.

La sentencia también condena a 18 meses de cárcel al comandante José Ramírez y al capitán Miguel Sáez por complicidad con Navarro en el delito de falsedad documental. Además de a los tres años de cárcel, la Audiencia ha condenado a Navarro al pago de una indemnización de 10.000 euros por cada uno de los 30 militares erróneamente identificados como responsable civil, responsabilidad que de no poder cumplir deberá ser asumida por los otros dos acusados y si no por el Ministerio de Defensa.

El tribunal, presidido por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, considera probado que 30 de los 62 cadáveres "presentaban tal estado" que no eran identificables de forma visual y Navarro sin realizar "análisis complementario" y "a pesar de ser consciente de que era imposible identificar con tales datos todos los cuerpos" elaboró una lista que "aparentaba que todos ellos habían sido identificados cuando lo cierto es que las identidades habían sido asignadas de forma aleatoria en 30 casos".

Así, según la sentencia, Navarro -que se ha convertido en el primer general de las Fuerzas Armadas condenado por la Audiencia Nacional- "era consciente" de que no tenía identificados 30 cuerpos y, no obstante, "decidió falsear la verdad con lesión del bien jurídico protegido".

"Aun cuando de ello -añade la sentencia- no obtuviera beneficio alguno" ni tampoco "quisiera directamente causar perjuicio a las familias de los fallecidos, requisitos estos -beneficio/perjuicio- que no son exigidos por el tipo penal" de la falsedad.

Los tres condenados, explica la sentencia, "a sugerencia de Navarro con la excusa de dulcificar la descripción de las lesiones, omitieron conscientemente aquellas que podían fácilmente despertar recelos o dudas sobre el proceso de identificación". Esta falsedad en las identificaciones provocó que las familias de esos militares mal identificados procedieran en algún caso a su incineración pensando que se trataba de su familiar para luego constatar que no era así.

Para el tribunal tampoco es verosímil que dos generales (Navarro y José Antonio Beltrán -que fue imputado, pero finalmente no fue procesado-) "firmaran un documento en el extranjero responsabilizándose de la repatriación en condiciones irregulares de 62 cadáveres sin conocer el contenido de lo que estaban firmando" a pesar de trabajar con "un buen intérprete".

Por su parte, Ramírez y Sáez son autores de un delito en grado de complicidad o auxilio no necesario "porque el delito se podría haber realizado sin la colaboración de ellos".

Los familiares de los militares fallecidos en Turquía han insistido en que hay que determinar las responsabilidades políticas, en alusión al entonces ministro de Defensa, Federico Trillo, cuyo nombre no aparece citado en el fallo de la Audiencia.

A este respecto, la sentencia señala que tan solamente responde a las cuestiones planteadas en el juicio, "no pudiendo extenderse a otras valoraciones ajenas al objeto procesal ni a la conducta de personas no acusadas y sobre las que, en consecuencia, no se ha practicado prueba ni se ha formado convicción alguna el Tribunal".

El teniente fiscal de la Audiencia Fernando Burgos, que ha ejercido la acusación en esta causa y que pedía cinco años de cárcel para Navarro y cuatro años y seis meses para los otros dos acusados, ya anunció ayer que no recurrirá la sentencia al considerar que ha satisfecho sus tesis con respecto a la existencia de que hubo intención delictiva en las identificaciones erróneas.

A pesar de que la pena a la que ha sido condenado Navarro supondría su ingreso en prisión, éste no irá a la cárcel por ser una pena menor de cinco años que no se ejecuta hasta que adquiera firmeza, de hecho, el general aseguró ayer que sus abogados están estudiando la sentencia para ver si presentan un recurso. Además, ninguno de los tres condenados, por el momento, perderán su empleo.

Por otra parte, el Gobierno expulsará de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo a Navarro. El reglamento que regula el funcionamiento de la Orden, consultado por Europa Press, establece en su artículo vigésimo segundo los supuestos en los que un militar no puede formar parte ni continuar en esta institución castrense, entre ellos el apartado que establece que "no podrán ingresar ni ascender en la orden los condenados por cualquier delito o sancionados por falta grave o leve, mientras no hayan sido canceladas las correspondientes notas desfavorables". Cuando uno de sus miembros es condenado como autor de un delito, el citado reglamento establece la apertura automática de un expediente para dictaminar si propone la baja en la Orden de San Hermenegildo al Ministerio de Defensa. En el caso de los militares que no están condecorados con la Gran Cruz de San Hermenegildo, la ratificación o rechazo de la propuesta corresponde al titular del Ministerio de Defensa.

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