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Condenado por pegar a un chófer del 061 que aparcó en su vado

La sentencia considera probado que el acusado agredió e injurió al conductor de la ambulancia que «ostentaba la condición de funcionario público».

El titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha condenado a un año de cárcel y al pago de 461,93 euros en concepto de multa e indemnización a un hombre acusado de agredir al conductor de una ambulancia porque aparcó en el vado frente a su puerta cuando acudía a atender una urgencia. La sentencia condena al acusado, I. A. V., por un delito de atentado al señalar que el técnico de Emergencias Sanitarias «ostentaba en ese momento la condición de funcionario público» y subraya que no se extralimitó en el ejercicio de su función por aparcar en el vado y negarse a retirar la ambulancia ante las quejas del acusado al considerar «evidente que una actuación sanitaria de urgencias del 061 debe ceder ante cualquier otro derecho o interés particular».

El fallo, del 3 de febrero, considera probado que el 15 de mayo de 2010 a las 13.15 horas, un equipo del 061 acudió a un aviso de urgencia en la calle Octavio Paz de Dos Hermanas y al llegar, el conductor de la ambulancia, M.A.G., aparcó en un vado de la calle. En ese momento, el acusado, al ver que la ambulancia le impedía salir con su coche de su garaje «empezó a discutir con el técnico llegando a decirle chulo hijo de puta, quita la ambulancia de la puerta que me tengo que ir» . Cuando el conductor continuó para entrar en la vivienda donde se encontraba la urgencia médica, el acusado le dio «un empujón» que hizo caer «contra un coche y luego al suelo», como consecuencia de lo cual «el técnico sufrió una herida incisa en el antebrazo derecho y confusión costal». En el juicio, el acusado y sus padres, que declararon haber visto la escena desde su casa, negaron que le insultara y empujara y aseguraron que sólo fue tras él y le dio un toque en el hombro para avisarle de dónde había aparcado y que fue el conductor quien se dejó caer. La versión de M.A.G. fue corroborada por el médico y el enfermero que le acompañaban en la ambulancia como parte del equipo de urgencias.

El juez considera los hechos constitutivos de un delito contra la autoridad pública por cuando el conductor ostentaba la condición de funcionario, estaba en el ejercicio de sus funciones y la agresión afectó al «bien jurídico protegido de la garantía del buen funcionamiento de los servicios y funciones públicas». Señala que no es creíble que el acusado desconociera su condiciones de personal sanitario porque llevaba el uniforme y es «indiferente» que fuera sólo el conductor de la ambulancia porque «esa función también forma parte del servicio público de asistencia sanitaria».

Le impone la pena mínima para este delito de atentado, castigado en el Código Penal con entre uno y tres años, por «dilaciones indebidas» en el proceso, cuya tramitación estuvo paralizada «un año y cinco meses». El fiscal pidió un año y medio de cárcel y la acusación particular, ejercida por el sanitario agredido, dos años.

El juez también condena a I. A.V. a pagar una multa de 180 euros por una falta de lesiones y otra de 60 euros por una falta de injurias. Además, le impone el pago de 221,93 euros de indemnización a M.A.G.

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