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Un juez, fan de Baltasar, le perdona por un caramelazo en la Cabalgata de Reyes

El juez ha determinado que la participación en estos actos conlleva un "riesgo permitido".

el 01 dic 2011 / 13:30 h.

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El Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Provincial de  Huelva ha archivado una denuncia contra el Rey Baltasar que presentó  una ciudadana vecina de Huelva tras recibir el impacto de un caramelo  mientras presenciaba el desfile de la cabalgata de reyes de 2010, que  le causó una contusión ocular, al considerar que la asistencia a este  tipo de acontecimientos supone el consentimiento o aceptación de los  riesgos, mayores o menores, que esta participación conlleva, lo que  se conoce como "riesgo permitido", excluyente de cualquier  responsabilidad penal.

En el auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el  titular del Juzgado, Javier Pérez Minaya, insiste en que "no es  concebible una Cabalgata de los Reyes Magos sin que en la misma se  arrojen caramelos a los espectadores desde cada una de las carrozas,  al igual que no es concebible una fiesta de carnaval sin disfraces.  Podríamos decir que va de suyo".  

Del mismo modo, señala que es "obligado comenzar por plantearse  si, en los términos en que se formula la denuncia, este instructor  estaría obligado a formular su abstención". Y es que, "sin poder  ciertamente afirmar que exista una amistad íntima con la persona  denunciada", reconoce el instructor que el Rey Mago Baltasar, con el  concurso de los Reyes Melchor y Gaspar, "le han venido ofreciendo  anhelados presentes cada día 6 de enero desde que tiene uso de  razón".

El instructor ha considerado a su vez "oportuno no formular la  abstención, dejando libertad a la parte para que, si lo estima  oportuno, pueda recusar; y ello por considerar que, tal vez, la  persona denunciada no sea en realidad el propio Rey Mago Baltasar,  sino otra, pues alguna duda puede suscitar a este respecto la  denuncia cuando, tras resaltar en letra de gran tamaño y negrita que  se dirige la acción penal contra el Rey Mago Baltasar, indica que se  refiere a la persona que representaba al mismo en la cabalgata del  día 5 de enero".

Esas dudas en torno a la persona denunciada deben llevar también  a residenciar en la jurisdicción española, y en la competencia  objetiva, funcional y territorial de este Juzgado. En este sentido,  Pérez Minaya ha señalado que si verdaderamente fuera el Rey Mago  Baltasar la persona denunciada, podríamos encontrarnos "ante uno de  los supuestos de inmunidad de jurisdicción que impedirían la acción  de los tribunales españoles".  

En este caso, habría entonces de determinarse la nacionalidad de  Su Majestad, pues "siendo notorio que procede de Oriente, hace más de  dos mil años que no se resuelve la polémica en torno a su verdadero  país de origen". De este modo, sólo conociendo su nacionalidad,  aplicando las reglas de Derecho Internacional Público, podría  dilucidarse a qué jurisdicción y a qué órgano judicial, dentro de la  misma, correspondería instruir.

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