Economía

Un tribunal para certificar la «defunción» de empresas

Tiene casi cuatro años de vida, aunque ha sido en los últimos meses cuando la actividad se ha disparado en el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla. La crisis se ha convertido en la causa -y en la excusa- de muchas empresas que ven en la solicitud de concurso de acreedores la única salida.

el 15 sep 2009 / 17:34 h.

Tiene casi cuatro años de vida, aunque ha sido en los últimos meses cuando la actividad se ha disparado en el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla. La crisis se ha convertido en la causa -y en la excusa- de muchas empresas que ven en la solicitud de concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) la única salida a una situación en la que no pueden hacer frente a los pagos a sus acreedores.

Este colapso, acentuado por la particular situación del sector del ladrillo -la mayoría de firmas que llevan su caso al juzgado están relacionadas con este sector- demuestra, a juicio del secretario, que el juzgado se ha convertido en el encargado de certificar la "defunción" de las empresas, más que gestionar un periodo de dificultades del que salir reforzado.

Así lo demuestran los datos. En estos cuatro años de funcionamiento, no llegan siquiera a la decena el número de propuestas de viabilidad para reflotar las compañías que pasan por apuros. "El sistema no funciona", sentencia. "El juzgado se ha convertido en el medio de realizar una liquidación ordenada". Mínimos son los casos en los que se llega a constituir una junta de acreedores para poner en orden la situación.

La realidad es que, según señala, de alrededor de 160 casos acumulados en estos cuatro años, "sólo cinco o seis" han planteado propuestas para continuar con la actividad, mientras que sólo han sido varios los casos en los que no se ha admitido el concurso. Un porcentaje residual. Y más significativo todavía es que sólo haya una empresa, Fundiciones Caetano, la única que ha logrado sobrevivir a un proceso concursal.

En su opinión, los gestores recelan de los administradores nombrados judicialmente y los acreedores prefieren liquidar y asegurar la devolución de lo que les corresponde antes que sanear la firma y continuar.

  • 1