Local

Una familia recibirá 9.000 euros por aguantar los ruidos de un bar

Un bar de la Macarena ha sido condenado a indemnizar con 9.000 euros a una familia afectada por sus ruidos, en una sentencia que además le prohíbe instalar más veladores en la calle, vender bebidas a través de la ventana y colocar máquinas expendedoras de regalos infantiles.

el 15 sep 2009 / 19:28 h.

TAGS:

Un bar de la Macarena ha sido condenado a indemnizar con 9.000 euros a una familia afectada por sus ruidos, en una sentencia que además le prohíbe instalar más veladores en la calle, vender bebidas a través de la ventana y colocar máquinas expendedoras de regalos infantiles.

El Juzgado de Primera Instancia 25 de Sevilla, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, se basa en el peritaje aportado por los afectados y dice que los ruidos procedentes del bar "superan los límites máximos permitidos de entre 19,5 y 20,3 decibelios, con presencia de ruido impulsivo, lo que supone un nivel intolerable y no compatible con el descanso ni la actividad normal de una vivienda".

El bar ha causado durante años "un perjuicio persistente a los habitantes de la vivienda", en especial a uno de los ocupantes, que padece "trastorno de adaptación, con reacción mixta de ansiedad y depresión, que interfiere de forma grave en su vida familiar y sus relaciones interpersonales".

La familia, que ocupa la vivienda de la planta baja, sufría junto a la ventana de su salón los ruidos de los clientes del bar que se sentaban en los veladores, además de que el establecimiento servía a través de la ventana las bebidas y alimentos y había colocado en la calle máquinas expendedoras de regalos.

Derecho a la salud. El hostelero alegó en su defensa que el Ayuntamiento no le ha expedientado nunca y que tenía permiso de la comunidad de propietarios, pero la sentencia cita la jurisprudencia nacional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para argumentar que estos hechos no impiden que se haya vulnerado el derecho de la familia a la salud y a la intimidad e inviolabilidad del domicilio.

Por ello, la juez considera "proporcionado al daño sufrido" la indemnización de 3.000 euros a cada uno de los habitantes de la vivienda, además de prohibir al bar que instale en la calle "veladores ni otro tipo de mobiliario", así como máquinas recreativas, a la vez que ordena al hostelero que prohíba a sus clientes el consumo en la calle.

En su sentencia, la juez concluye que "el muy notable y progresivo crecimiento de la normativa sobre esta materia no necesariamente se traduce en una mayor protección efectiva del particular frente al daño medioambiental que le afecta directamente".

  • 1