La Delegación Provincial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Sevilla ha llevado a cabo actuaciones a raíz de la queja presentada por María Dolores Sánchez Reina, madre de un joven de 15 años que cursa Primero de Bachillerato en el centro privado San Francisco de Paula, y que este año tiene como profesor y tutor a su padre, docente en el colegio, que se divorció de la actuante hace más de un año. En el escrito de respuesta de Educación, al que ha tenido acceso Europa Press, la Inspección informa a esta madre, que pretende que su exmarido se abstenga en el proceso de enseñanza y evaluación del menor, que "se están llevando a cabo las gestiones oportunas para dar respuesta a su petición".
Para apoyar su demanda, esta mujer, funcionaria pública, se centra en la Ley 30/84 de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según las cuales "nadie puede ser un evaluador de un familiar, y menos un padre, donde el grado de consanguinidad es de primer grado". Por ello, esta madre pide que se investigue si hay posibilidades alternativas para hacer cumplir lo que dice la norma, rogando a la Inspección que dé "prioridad" al asunto, dado el conflicto familiar y que el curso académico ya ha comenzado.
Previamente a la comunicación a la Junta, la mujer ya había dirigido una misiva a la dirección del centro donde da cuenta de que se enteró un día antes del comienzo de las clases, por su propio hijo, de que éste recibiría lecciones de su padre y su tío, profesor en el mismo colegio, a pesar de que el docente se había comprometido, para evitar "problemas familiares", a no dar clase a los hijos -el menor, junto a una hija de 12 años que también es alumna en el San Francisco de Paula, están en régimen de custodia compartida, una semana con cada uno de los progenitores-, por lo que solicitó que las asignaturas le fueran impartidas por otros profesores del centro.
"Creo que no es aconsejable que un padre asuma la tutoría y la impartición de la asignatura, dado que esto puede crear conflictos a nivel de alumnado y de padres, porque la equidad que se entiende precede a todos los actos de un profesor respecto de sus alumnos puede verse comprometida", señala la madre.
Sánchez se queja, por otro lado, de que no ha sido recibida por el centro. Sólo ha recibido una comunicación de éste en la cual se reconoce que "no ha sido posible" seguir el criterio general de que los alumnos no reciban clases de sus parientes más cercanos, por "razones organizativas insalvables generadas por la elección de asignaturas". Fuentes del colegio, por su parte, han señalado que es "imposible jurídicamente" que se produzca sanción alguna, "porque no hay norma alguna que prohíba que un profesor pueda dar clases a sus hijos o pueda ser su tutor, aun cuando esté separado" y tildan el escrito de la Inspección de "absurdo jurídicamente, pues pretende aplicar a un centro privado la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas".