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Una viuda es condenada a pagar a la amante de su esposo

Un juzgado de Sevilla ha condenado a una viuda y a sus cuatro hijos a pagar un cheque de 30.000 euros que su esposo y padre había entregado a su amante, como parte de los pagos que le hacía "con una periodicidad más o menos mensual".

el 15 sep 2009 / 01:50 h.

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Un juzgado de Sevilla ha condenado a una viuda y a sus cuatro hijos a pagar un cheque de 30.000 euros que su esposo y padre había entregado a su amante, como parte de los pagos que le hacía "con una periodicidad más o menos mensual".

La sentencia del juzgado de primera instancia 12, a la que ha tenido acceso Efe, considera demostrado que el fallecido mantuvo "una relación sentimental prolongada en el tiempo" con la demandante V.A.G., fruto de la cual la colocó en la empresa de un amigo "para que tuviera un trabajo remunerado", y le entregaba regularmente cantidades de dinero bien en metálico, bien mediante cheques.

Tras el fallecimiento del interesado, los herederos dieron orden al banco de no abonar el último cheque, de 30.000 euros, fechado en noviembre de 2003, que presentó la demandante, pero el juez entiende en su sentencia que "está fuera de toda duda la existencia de una donación de cosa mueble (dinero) a través de la entrega del cheque".

Así, explica que un compañero de trabajo de la demandante confirmó la "relación sentimental prolongada" que mantuvieron y que el fallecido "intercedió" para colocarla en una empresa, lo que son "indicios serios de que la relación no era meramente pasajera o esporádica".

El juez, por tanto, ordena pagar el último cheque al portador presentado a cobro, por importe de 30.000 euros, contra la cuenta personal del fallecido, pero no otros dos talones de 2.000 y 3.000 euros que el hombre también entregó a su amante pero con cargo a la cuenta bancaria de su empresa.

En este último caso, entiende el juez que el fallecido "no tenía ningún poder de disposición" sobre dicha cuenta, en la que solo estaban autorizados sus hijos como copropietarios, por lo que su entrega "no resulta hábil o eficaz para transmitir la propiedad del dinero".

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