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Urbanismo achaca a un "error material" la subida de la tasa por licencia de obras

La Gerencia de Urbanismo ha negado que tenga intención de duplicar esta tasa

el 17 sep 2013 / 18:56 h.

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La Gerencia de Urbanismo ha negado que tenga intención de duplicar la tasa por licencia de obras y achacó a un "error material" que el expediente contenga ese apartado, rechazado ya el pasado año tras la estimación de una alegación realizada por el presidente de la Confederación de Empresarios de Sevilla (CES), Miguel Rus. El "error" se debe a que, a la hora de tomar como base el documento informático de Ordenanzas Fiscales del año anterior, la Gerencia, que dirige Maximiliano Vílchez, ha utilizado el aprobado provisionalmente y no el que finalmente salió adelante, que sí incluía la alegación estimada de Rus. "La Gerencia de Urbanismo de Sevilla quiere poner de manifiesto que, en relación al expediente administrativo 2/2013 del Servicio de Gestión Financiera y Tesorería, incoado a los efectos de proponer al Ayuntamiento Pleno la aprobación inicial de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales para 2014, se ha producido un error material, que ha propiciado la introducción de un párrafo relativo a la tasa por licencias de obras que había quedado anteriormente suprimido del texto, no debiendo, por tanto haberse reproducido", señaló la Gerencia en un comunicado. Así, explicó en esta nota, "el error ha consistido en que el archivo informático empleado para realizar las modificaciones que se recogen en las Ordenanzas Fiscales para la próxima anualidad, no se corresponde con el de las Ordenanzas Fiscales aprobadas definitivamente por el  Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 28 de diciembre de 2012, sino con el de las aprobadas provisionalmente por ese mismo órgano, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2012". El párrafo introducido por error decía lo siguiente: “Se entenderá, en todo caso, que tienen carácter singularísimo y peculiar a estos efectos las obras o instalaciones proyectadas cuyos presupuestos excedan en más de un 25% del valor resultante de la aplicación de las reglas y módulos que se contienen en los artículos 10º y 11º”. El texto utilizado por error tampoco recogía unas mofificaciones aprobadas por el Ayuntamiento en relación con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o tramite la Gerencia de Urbanismo, a instancia de parte, según la nota. Ante este fallo, la Gerencia ha redactado  una diligencia, "que será integrada en el expediente administrativo correspondiente, a los efectos de la completa subsanación de los mismos".

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