La Audiencia da un varapalo decisivo a Lopera

La Sección Primera abre la puerta a la celebración del juicio oral al confirmar el auto de procesamiento dictado por Alaya y desestimar las tesis del expresidente y la Fiscalía.

28 jul 2015 / 11:54 h - Actualizado: 29 jul 2015 / 12:19 h.
"Real Betis","Manuel Ruiz de Lopera"
  • Manuel Ruiz de Lopera, en uno de sus pasos por el juzgado / Javier Cuesta
    Manuel Ruiz de Lopera, en uno de sus pasos por el juzgado / Javier Cuesta

Ni tres semanas después de levantar las medidas cautelares contra Manuel Ruiz de Lopera y su paquete del 51,34% y abriese así la puerta a un nuevo escenario institucional del Betis, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla dicta ahora otro importante auto que es un duro varapalo para el exdirigente. En concreto confirma el auto de procesamiento firmado el 8 de mayo de 2014 por Mercedes Alaya contra él por un presunto delito societario y otro de apropiación indebida, así que apoya al 100% los argumentos de la magistrada y desestima los recursos de Lopera y Ángel Martín, así como algunas tesis de la Fiscalía a favor del expresidente. La resolución, del 24 de julio, es firme.

«No ha lugar a la nulidad solicitada al constar motivación suficiente», dice la Audiencia, que aprecia los mismos indicios que Alaya y respalda su auto porque tiene una «amplia fundamentación». En concreto habla de que «los indicios existentes [...] no llevan sino a corroborar la existencia de los mismos», aunque recuerda que «tales indicios no deben identificarse con certezas absolutas» porque, si no, el auto sería el «anticipo de sentencia condenatoria, privando de su primordial objetivo al eventual juicio oral».

Las tres magistradas de la Sección Primera repasan el auto de Alaya y cómo entiende que Lopera, cuando fue vicepresidente económico del Betis, «diseñó en perjuicio de la sociedad y en su propio beneficio las operaciones contractuales que le llevarían a obtener a través de Farusa la mayoría absoluta del capital social, y ello a pesar de no desembolsar un importante paquete de acciones del que aparecía como titular».

De ahí parte el presunto delito de apropiación indebida. Uno de los argumentos de la defensa es que la suscripción y desembolso de las 36.869 acciones que dieron el poder a Lopera es un tema apartado de la investigación por la propia Audiencia, al ocurrir en 1992. Sin embargo... «El 10 de abril de 1995, según anotación contable, el señor Ruiz de Lopera, mediante el endoso de parte de estos efectos a Tegasa, decide que no devolverá al Real Betis los 206.626.424 pesetas, ni tampoco las 20.662 acciones que representaban esa suma [...], títulos que Farusa incorpora así definitivamente a su patrimonio», replica la Sección Primera. Por tanto, se trata de hechos posteriores al 92. Los demandantes entienden que la Audiencia da así un empujón clave a la tesis de la apropiación indebida, hasta ahora rechazada por la Fiscalía.

La Audiencia también recuerda otro auto suyo, del 20 de enero de 2011, en el que establece que «la pretendida venta de las acciones a Bitton Sport no resulta inocua para el patrimonio del Betis», por lo que subraya y justifica «la prohibición de venta de las acciones, extendida a todo el paquete de Farusa». Se basa en una advertencia de Por Nuestro Betis, que vio cómo en el contrato entre Bitton y Farusa «se impone una obligación del Betis en beneficio de Lopera». «La compradora se obliga a que el Betis constituya un deposito en orden a garantizar la satisfacción de las cantidades adeudadas por el club», acordaron.

El auto, por lo demás, traza un recorrido por las alegaciones de Lopera, muchas de ellas referidas a las irregularidades expuestas por los peritos de Hacienda. La Audiencia da credibilidad a los inspectores y llega a reiterar que el auto de procesamiento «determina con claridad los hechos imputados».

Según fuentes vinculadas a los demandantes, este auto es una buena base para los escritos de acusación, garantiza que no habrá sobreseimiento y abre la puerta al juicio oral. Los denunciantes esperan que las acusaciones estén listas en septiembre u octubre y que el juicio oral se celebre durante el primer trimestre de 2016. Y todo ello en la semana en que el Juzgado de lo Mercantil número 1 debe dictaminar si impone nuevas cautelares sobre el 31,38% de las acciones de Farusa...