Manzano: «Son unas Normas al servicio de las hermandades»

A diferencia del texto de 1997, que contaba con 64 artículos y dos anexos, esta actualización de las Normas contiene 62 artículos y dos disposiciones adicionales

29 jun 2016 / 22:49 h - Actualizado: 29 jun 2016 / 23:09 h.
"Cofradías"
  • Manzano: «Son unas Normas al servicio de las hermandades»

{«No se trata de fastidiar o de imponer. Son unas Normas concebidas al servicio de las hermandades». El delegado diocesano de Hermandades y Cofradías, Marcelino Manzano, es –junto al vicario general, Teodoro León, y al delegado episcopal de Asuntos Jurídicos, Antonio Vergara– uno de los miembros de la curia que más directamente han participado en la elaboración de esta «actualización» de las Normas. «En realidad no son unas nuevas Normas, toda vez que el esqueleto y la base de la normativa es la misma que la del texto vigente desde 1997», aclara.

La Archidiócesis de Sevilla daba a conocer pasada la una del mediodía la promulgación del nuevo articulado a través de un tuit y de una escueta nota de prensa colgada en su web que remitía al texto completo de las Normas. Nadie se encargó de avisar al presidente del Consejo, Carlos Bourrellier, que a esa hora asistía en el Palacio Arzobispal a la presentación de un libro dedicado a la encíclica del Papa Francisco sobre el medio ambiente en un acto presidido por el arzobispo Asenjo.

No fue hasta la hora del almuerzo cuando Bourrellier conoció la noticia de la promulgación de las nuevas Normas. Se la comunicaron el delegado diocesano de Hermandades, Marcelino Manzano, y el delegado episcopal para Asuntos Jurídicos, Antonio Vergara, comensales en un almuerzo convocado por los cargos generales del Consejo a modo de despedida de la actual junta superior.

En declaraciones a este periódico, Antonio Vergara, quitó hierro al nuevo régimen sancionador que incorporan las nuevas Normas, que contempla penas como la supresión de una hermandad, la prohibición de la salida de su cortejo procesional o la expulsión o el cese temporal de un hermano. «No está en el imaginario de la autoridad eclesiástica usar ninguna de estas sanciones. Se ha incorporado un régimen sancionador y tipificado sus faltas buscando sobre todo la defensión de aquellos hermanos que se enfrentan a un expediente sancionador en su hermandad de manera que se actúe en justicia y buscando también la unificación de las faltas en los textos de distintas hermandades».

A diferencia del texto de 1997, que contaba con 64 artículos y dos anexos, esta actualización de las Normas contiene 62 artículos y dos disposiciones adicionales, y en su desarrollo se hacen referencia tanto al decreto sobre la Plena igualdad de derechos entre los miembros de las Hermandades y Cofradías –el celebre decreto de las nazarenas, promulgado por Asenjo en 2011– como al decreto que regula las salidas procesionales extraordinarias, publicado en 2015. Precisamente, al respecto de las actividades y actos de culto, las Normas que entrarán en vigor el próximo 15 de agosto establecen que «los actos de culto externo se realizarán dentro de los límites de la feligresía parroquial correspondiente a la sede canónica, a excepción de aquellos que las Reglas aprobadas por la Autoridad eclesiástica competente determinen expresamente que requieren el desplazamiento fuera de la feligresía propia». En tal caso, deberá solicitarse, previo visto bueno del párroco y del delegado de Hermandades, autorización al delegado episcopal para Asuntos Jurídicos, así como las civiles que correspondan.

«No se trata de fastidiar o de imponer. Son unas Normas concebidas al servicio de las hermandades». El delegado diocesano de Hermandades y Cofradías, Marcelino Manzano, es –junto al vicario general, Teorodo León, y al delegado episcopal de Asuntos Jurídicos, Antonio Vergara– uno de los miembros de la curia que más directamente han participado en la elaboración de esta «actualización» de las Normas. «En realidad no son unas nuevas Normas, toda vez que el esqueleto y la base de la normativa es la misma que la del texto vigente desde 1997», aclara.

La Archidiócesis de Sevilla daba a conocer pasada la una del mediodía la promulgación del nuevo articulado a través de un tuit y de una escueta nota de prensa colgada en su web que remitía al texto completo de las Normas. Nadie se encargó de avisar al presidente del Consejo, Carlos Bourrellier, que a esa hora asistía en el Palacio Arzobispal a la presentación de un libro dedicado a la encíclica del Papa Francisco sobre el medio ambiente en un acto presidido por el arzobispo Asenjo.

No fue hasta la hora del almuerzo cuando Bourrellier conoció la noticia de la promulgación de las nuevas Normas. Se la comunicaron el delegado diocesano de Hermandades, Marcelino Manzano, y el delegado episcopal para Asuntos Jurídicos, Antonio Vergara, comensales en un almuerzo convocado por los cargos generales del Consejo a modo de despedida de la actual junta superior.

En declaraciones a este periódico, Antonio Vergara, quitó hierro al nuevo régimen sancionador que incorporan las nuevas Normas, que contempla penas como la supresión de una hermandad, la prohibición de la salida de su cortejo procesional o la expulsión o el cese temporal de un hermano. «No está en el imaginario de la autoridad eclesiástica usar ninguna de estas sanciones. Se ha incorporado un régimen sancionador y tipificado sus faltas buscando sobre todo la defensión de aquellos hermanos que se enfrentan a un expediente sancionador en su hermandad de manera que se actúe en justicia y buscando también la unificación de las faltas en los textos de distintas hermandades».

A diferencia del texto de 1997, que contaba con 64 artículos y dos anexos, esta actualización de las Normas contiene 62 artículos y dos disposiciones adicionales, y en su desarrollo se hacen referencia tanto al decreto sobre la Plena igualdad de derechos entre los miembros de las Hermandades y Cofradías –el celebre decreto de las nazarenas, promulgado por Asenjo en 2011– como al decreto que regula las salidas procesionales extraordinarias, publicado en 2015. Precisamente, al respecto de las actividades y actos de culto, las Normas que entrarán en vigor el próximo 15 de agosto establecen que «los actos de culto externo se realizarán dentro de los límites de la feligresía parroquial correspondiente a la sede canónica, a excepción de aquellos que las Reglas aprobadas por la Autoridad eclesiástica competente determinen expresamente que requieren el desplazamiento fuera de la feligresía propia». En tal caso, deberá solicitarse, previo visto bueno del párroco y del delegado de Hermandades, autorización al delegado episcopal para Asuntos Jurídicos, así como las civiles que correspondan.