Aclaraciones

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13 sep 2017 / 22:56 h - Actualizado: 13 sep 2017 / 22:57 h.

La reciente presentación del cartel del Festival de Cine Europeo de Sevilla levantó un revuelo dado el uso que la artista hizo de una imagen de otro autor para componer la obra. El debate entre aquellos que piensan que es un «plagio» o una «estrategia estética y compositiva ...(que)... reivindica el dogma del detritus urbano», está abierto y como todos los debates tiene opiniones.

Aquí, a parte de las implicaciones artísticas, se dan circunstancias desde el punto de vista de los derechos de autor, de propiedad intelectual, que deben de reseñarse con exactitud pues implican, no solo una falta de respeto por los mismos, sino unas implicaciones jurídicas y una derivada económica que se pueden presentar.

Una obra preexistente puede ser usada o utilizada para la creación siempre que se obtenga el permiso del propietario de los derechos. Esta cesión de uso pueden ir desde la libertad absoluta para usar la obra, hasta la exigencia de una cantidad económica.

Es muy normal, por ejemplo, que si en la portada de un libro se usa una obra gráfica que ya existe, el editor está obligado a pagar una cantidad por el uso.

En el caso del cartel se usa como argumento de defensa que la artista ha manipulado la obra preexistente creando una obra nueva. Es un mal argumento, pues las creaciones no se pueden modificar sin el expreso permiso del propietario de los derechos y la obra nueva no da pie a una generación de derechos y, por tanto, a una retribución económica. ¿Cobró ya la autora del cartel? Es una pregunta clave para definir el nivel de responsabilidad de la administración.

Es necesario para usar una obra preexistente un documento escrito que permita el uso de esa imagen o, al menos, la justificación que se han realizado las acciones necesarias para poder descubrir quién es el legítimo poseer de estos derechos e intentar adquirirlos.

En resumen, que el problema se tiene que resolver y no es solo económico; más importante es la falta de sensibilidad de quien autorizó este cartel sin tener en cuenta la originalidad de la obra o que al menos se poseían los derechos para usarla.

Es trabajo de muchos años de los creadores, las entidades de gestión de derechos y en general del sector de la cultura impulsar a las administraciones para que sean defensores y cumplidores de la legislación de propiedad intelectual.

Todo este asunto significa un profundo desconocimiento de la LPI y una actuación poco respetuosa de los derechos de autor.