El artículo 56.2

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16 mar 2017 / 23:12 h - Actualizado: 16 mar 2017 / 23:13 h.
"Cofradías","Cuaresma"

No me cabe la más mínima duda de que la Autoridad Eclesiástica, desde hace ya algún tiempo, está queriendo involucrar todo lo posible no solo a los feligreses, sino también a las hermandades en la vida de las parroquias y, en líneas generales, considero que es una estrategia acertada. Nuestras hermandades son una realidad más de la célula básica de nuestra archidiócesis y como tal deben integrarse plenamente en el devenir cotidiano y en las actividades de su parroquia. Sin embargo, no acabo de comprender el porqué de esta obligación, que se incluye en las nuevas Normas Diocesanas, por la que se impele a todas las hermandades, que tengan establecido un culto público externo, a que dicho culto deba circunscribirse a los límites geográficos de la propia parroquia. ¿Esta norma obliga también a las hermandades de Gloria en su procesión anual, aunque sus Reglas no determinen el recorrido de esa procesión? Por otra parte, y refiriéndome ahora a las hermandades de penitencia, y sobre todo, a las del casco histórico, hay feligresías en las que la configuración urbana dificulta enormemente el tránsito por sus calles de unas andas o de un crucificado para llegar a su parroquia, por lo que dicho tránsito se ve limitado a la repetición continua de un mismo recorrido, al no existir posibilidades alternativas viables. También hay hermandades que han establecido los recorridos de estos actos de culto por calles ajenas a la parroquia, por diferentes causas. Entre estas, se pueden incluir razones tan diversas como la tradición; o especiales vínculos con determinados templos o congregaciones religiosas; o por motivos de evangelización, ya que suele tratarse de zonas que, de otra manera, jamás serían visitadas por esas imágenes devocionales. En fin, toda una serie de motivaciones que pueden ser tan razonables y justas como la de establecer un nuevo vínculo con la parroquia. Y, a la vista de lo sucedido con el viacrucis del Santo Entierro, me da la impresión de que, en un horizonte no muy lejano, la mayoría de las hermandades, que celebran alguno de estos cultos externos, no van a tener más opción que pasar por el aro y modificar sus Reglas para poder compaginar los extremos establecidos por la nueva norma con los fines y peculiaridades propias de estos cultos externos. En este tema parece que lo de las dispensas no va a cuajar.