300.000 euros por no detectar un hueso de pollo atorado en el esófago

El SAS tendrá que indemnizar a la paciente, que estuvo a punto de morir por una infección tras acudir hasta en diez ocasiones a distintos centros médicos

18 ene 2017 / 17:52 h - Actualizado: 19 ene 2017 / 18:26 h.
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  • La mujer fue atendida en el hospital de Écija desde donde fue trasladada al Virgen del Rocío en helicóptero. / Paco Cazalla
    La mujer fue atendida en el hospital de Écija desde donde fue trasladada al Virgen del Rocío en helicóptero. / Paco Cazalla

El calvario de una vecina de Écija comenzó el 29 de noviembre de 2007 cuando un hueso de pollo se le atragantó en la garganta. Algo aparentemente sencillo acabó por necrosarle el esófago, que le tuvo que se ser extirpado, y la puso al borde de la muerte. Ahora, nueve años después, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar una indemnización de 320.446,54 euros.

La decisión judicial viene a confirmar una sentencia anterior de un juzgado sevillano que consideró acreditado «la defectuosa prestación sanitaria» que recibió esta mujer de 44 años, quien en 13 días llegó a ir hasta en diez ocasiones a un centro hospitalario –entre ellos el de Écija y el de Osuna–. En estas visitas se limitaron a «mirarle la garganta con un depresor de lengua». Finalmente, la paciente tuvo que ser trasladada de forma urgente en helicóptero desde el hospital de Écija hasta el Virgen del Rocío, donde tuvo que ser intervenida e ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

El diagnóstico era ya «demoledor», indica la asociación el Defensor del Paciente, que fue la que ha llevado el caso. «Su esófago estaba literalmente podrido», ya que el hueso de pollo alojado tantos días en el esófago le había causado una infección generalizada. La paciente estuvo «al borde la muerte» y sufrió «importantes» secuelas, ya que tiene que alimentarse con una sonda además de las consecuencias estéticas y el trastorno depresivo provocado.

«Manifiesto error»

La sentencia del Alto Tribunal viene a rechazar un recurso del SAS, al que además de la condena le impone las costas. El Servicio Andaluz de Salud alegó error en la valoración de la prueba, pero el TSJA considera que se produjo «un manifiesto error en el diagnóstico, pese a que la enferma puso de manifiesto desde el primer momento el origen de sus molestias y llegó a acudir a los servicios de asistencia incluso con fiebre». Los magistrados añaden que un diagnóstico a tiempo «hubiese permitido un tratamiento adecuado de la infección, lo que hubiese evitado el grave deterioro que puso en peligro su vida». Por ello, la sentencia destaca que el daño era «perfectamente evitable», por lo que «estamos ante un daño conocido ligado causalmente a una mala práctica médica».

Para el TSJA el daño es tan claro que asevera en su sentencia que «la falta de coordinación entre administraciones públicas no puede perjudicar al usuario y menos, cuando gestionan un mismo sistema sanitario público andaluz». Como consecuencia de este error médico «la mujer ha sufrido la extirpación del intestino grueso, la pérdida de audición, deformidad estética importante, trastorno depresivo reactivo, daños morales e incapacidad absoluta para cualquier trabajo».