Alegan «arrebato» y «enajenación mental» en el asesinato de Alcolea

La representante legal del acusado ha señalado que no se trata de un asesinato sino de un homicidio alegando que el día de los hechos su defendido actuó a raíz de un "arrebato" y con una "enajenación mental parcial"

23 abr 2019 / 15:54 h - Actualizado: 23 abr 2019 / 16:21 h.
"Sucesos"
  • Sala de la Audiencia Provincial de Sevilla donde desde hoy un jurado popular enjuiciará a A.M.G.G., un hombre acusado de asesinar a su pareja sentimental en abril de 2017 en la localidad sevillana de Alcolea del Río. EFE/Raúl Caro
    Sala de la Audiencia Provincial de Sevilla donde desde hoy un jurado popular enjuiciará a A.M.G.G., un hombre acusado de asesinar a su pareja sentimental en abril de 2017 en la localidad sevillana de Alcolea del Río. EFE/Raúl Caro

La vista oral que enjuicia a través de un jurado popular a A.M.G.G., el hombre acusado de asesinar a su pareja sentimental en abril del año 2017 en la localidad sevillana de Alcolea del Río, ha comenzado este martes en la Audiencia Provincial con la lectura de las cuestiones previas de las partes personadas. La representante legal del acusado ha señalado que no se trata de un asesinato sino de un homicidio alegando que el día de los hechos su defendido actuó a raíz de un "arrebato" y con una "enajenación mental parcial".

La representante legal de A.M.G.G. se ha dirigido al jurado popular para indicarles que el día de los hechos su representado no actúo de manera sorpresiva y con alevosía sino que la muerte de la víctima, R.L.B., se produjo "tras una riña progresiva" ante "la situación angustiosa" que vivía el acusado toda vez que su pareja sentimental quería poner fin a la relación tras conocer a un hombre por Internet y ante la circunstancia de que su defendido "era el que se encargaba" de los cuidados de la hija en común. En esa línea, ha señalado que "no es casual" que la menor viva con su tía paterna en lugar de con la familia materna.

De esta manera, la defensa de A.M.G.G. pide que sea juzgado por un delito de homicidio y que se le aplique la circunstancia eximente incompleta de enajenación mental y los atenuantes de arrebato, confesión y dilaciones indebidas. Por ello, pide una que se le condene a su representado, que se encuentra en prisión provisional desde hace dos años, a una pena de siete años y seis meses de cárcel y a abonar una indemnización exclusivamente a su hija.

De otro lado, la Fiscalía en su lectura de cuestiones previas ha indicado que los hechos que se van a enjuiciar son constitutivo de un delito de asesinato al entender que el acusado tenía premeditado matar a su pareja y que fue consciente y estaba en pleno uso de sus facultades mentales en todo momento. Además, el Ministerio Público ha recalcado que el acusado actúo de forma sorpresiva y que tras la muerte de R.L.B. siguió con su vida "con total calma" y "haciendo creer" que su pareja le había abandonado y que no mostró arrepentimiento "hasta que vio que era el único sospechoso de la desaparición de su pareja".

Por ello, la fiscal solicita para el acusado, por un delito de asesinato con la agravante de parentesco, 20 años de prisión y el pago de una indemnización total de 10.000 euros a los padres y de 60.000 euros a la hija de la víctima, así como que se le imponga la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad según lo previsto en los artículos 55 y 56.3 del Código Penal durante el tiempo de la condena.

ACUSACIÓN PARTICULAR

Por otra parte, la acusación particular, ejercida por la Junta de Andalucía y los padres y hermanos de la fallecida, han subrayado que el acusado es autor de un delito de asesinato al actuar "de manera premeditada" por "celos" ya que "no era capaz de asimilar una vida sin su pareja así como compartir la custodia de su hija".

Igualmente, han señalado que A.M.G.G. actúo con alevosía al atacar "por la espalda" con el único propósito de "anular cualquier defensa por parte de la víctima" por lo que a raíz de esta situación, unida al agravante de parentesco, consideran que se debe pedir la pena máxima para un delito de asesinato que son 25 años de cárcel. Además, solicitan que el acusado abone una indemnización de 90.000 euros para la hija, 60.000 euros para los padres y 20.000 euros para los hermanos, si bien la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía pide una indemnización diferente.

Alegan «arrebato» y «enajenación mental» en el asesinato de Alcolea
Domicilio de la calle Cádiz de Alcolea del Río en el que vivía la pareja. Arriba a la izquierda, la imagen de la víctima. / Salas (Efe)

LA FAMILIA PEDIRÁ LA CUSTODIA DE LA HIJA

De otra parte, la familia ha manifestado, en declaraciones a los periodistas, su esperanza en que "se haga justicia", al tiempo que han explicado que están personados en tres acusaciones particulares distintas porque cuentan tanto con abogados particulares como con abogados del turno de oficio.

Los familiares de R.L.B. presentaban chapas con extractos de los autos de la instrucción del caso los cuales no saben a "qué hacen referencia" y quieren que "se investiguen". "Queremos hacer hincapié que se investiguen pruebas apuntadas por la Guardia Civil de Lora del Río como llamadas telefónicas y huellas en la maleta porque pensamos que si hay más gente implicada debería saberse", han asegurado.

Por otro lado, han explicado que la custodia de la hija de R.L.B. la tienen los tíos paternos y que ellos tienen un régimen de visitas para poder verla por lo que han señalado que estudiarán luchar por su custodia una vez se esclarezca este caso.

Alegan «arrebato» y «enajenación mental» en el asesinato de Alcolea
Miembros de la Guardia Civil hace un registro en el domicilio del supuesto autor del asesinato de una mujer de 39 años cuya desaparición fue denunciada hace dos semanas en Alcolea del Río. / EFE

RELATO DE LOS HECHOS

La Fiscalía relata en su escrito de acusación que el acusado estaba unido sentimentalmente con la fallecida desde el año 2000, relación fruto de la cual tuvieron una hija, y señala que, durante todos estos años, la convivencia entre la pareja "ha sido aparentemente buena hasta que, en los últimos meses", la víctima decidió dar por terminada la relación "por haber conocido a través de Internet a otra persona".

Según el Ministerio Público, esta decisión "no fue compartida" por el investigado, que "no aceptaba la nueva vida" de la fallecida, "de modo que, conforme iban pasando los días, iba sintiendo mayores celos y no se resignaba a dar por terminada la relación y separarse en consecuencia de su hija".

Así, la Fiscalía precisa que los hechos habrían tenido lugar sobre las 16,30 horas del 16 de abril de 2017, cuando, "tras planear previamente acabar con la vida" de su pareja, el acusado telefoneó a una vecina del pueblo "con la finalidad de dejar sobre las 18,00 horas a su hija menor con ella".

Sobre las 18,20 horas, el acusado regresó al domicilio familiar y, viendo que la fallecida se disponía a abandonar la casa, "se dirigió hacia ella por detrás y, con clara intención de quitarle la vida, haciendo uso de un cordón de zapatos, la agarró por el cuello, apretándolo con fuerza y anudándolo por la parte posterior del cuello", tras lo que, "con el mismo mecanismo, cogió un segundo cordón".

El escrito agrega que, "una vez asegurado que no podría oponer resistencia, al hallarse tumbada en el suelo", el acusado "le colocó una bolsa de basura en la cabeza que sujetó y cerró con un tercer cordón", y seguidamente "la introdujo en una maleta", se dirigió en su vehículo hacia una zona de explotación agrícola y la arrojó a un arroyo seco, "ocultando la maleta con gran cantidad de ramas secas para evitar" que fuese descubierta.

En este punto, el Ministerio Público señala que, sobre las 21,00 horas y "tras haber limpiado los restos de sangre que se hallaban en la vivienda", el acusado regresó a recoger a su hija, "haciendo ver a continuación y en días posteriores a todos los vecinos y familiares que su mujer lo había abandonado y se había fugado con su nueva pareja".

El 23 de abril de 2017, y según el relato de la Fiscalía, una hermana de la víctima denunció su desaparición, de forma que, tras la investigación policial y judicial y después de procederse a la entrada y registro de la vivienda familiar, el acusado "decide acabar con su vida y se autolesiona", siendo ingresado en el Hospital Virgen Macarena, "donde finalmente, tras ser consciente de que era el único sospechoso de la muerte, cuenta cómo sucedieron los hechos y dónde se encontraba el cadáver".