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Actualizado: 22 ene 2019 / 15:50 h.
  • Condenado por querer quedarse con los ahorros de su tía fallecida

Un juzgado de Écija ha dictado sentencia a favor de una familia demandada por un vecino de la ciudad que quería apropiarse de 300.000 euros de una anciana, su tía, fallecida y con la que compartía la titularidad de una cartilla bancaria.

El juzgado ha condenado al demandante a pagar las costas del juicio, que suman 30.000 euros. Según el abogado de los demandados, el sobrino actuó de mala fe queriendo demostrar que el dinero de la cuenta era suyo y de la fallecida, y el juzgado falla que la dueña del dinero era de esta última y que su sobrino simplemente estaba autorizado a sacar dinero de la cartilla.

“Esos 300.000 euros estaban en una cuenta cuyos titulares eran la señora fallecida y un sobrino que, de mala fe, quiso apropiarse del dinero cuando él en absoluto había metido ni un euro en esa cuenta”, relata el abogado de los demandados, Fernando Osuna, “y lo único es que aparecía como cotitular”.

La cartilla con la pensión de la tía

El letrado tiene claro que “hay que distinguir entre la propiedad del dinero y lo que es, a puros efectos administrativos, la cotitularidad de una cuenta bancaria, que, en modo alguno implica que eres dueño ni de la mitad ni de la totalidad del dinero depositado en la misma”.

La titularidad del sobrino de la fallecida era meramente formal. “Jamás tomó decisión alguna respecto a los fondos que tenía en cotitularidad con su tía, puesto que el cien por cien del dinero era de ella, es decir, él se limitaba a obedecer las órdenes de la fallecida, que era quien hacía y deshacía a su antojo con su patrimonio”, apunta el abogado Fernando Osuna.

En la cuenta bancaria, queda demostrado que la única persona que realizaba aportaciones económicas era la fallecida. “Se puede observar en la documentación aportada que desde noviembre de 2005 domicilió la pensión que recibía de la Seguridad Social en la cuenta de titularidad indistinta, apreciándose que todos los días 25 de cada mes, se ingresa la pensión”, señala el abogado.

Ir por lana y volver trasquilado

El sobrino de la fallecida demandó a sus parientes para que le entregaran ese dinero, el juzgado ha dictado sentencia “y no solamente falla que no tiene derecho a cantidad alguna, sino que también ha sido condenado a pagar las costas del juicio, 30.000 euros de la minuta del abogado”, apunta Fernando Osuna.

Para el abogado es un caso claro de “ir por lana y salir trasquilado, valga la expresión, porque encima su acción le ha supuesto tener que pagar las costas”. “Tuvo una osadía muy grande”, opina Osuna, “ya que no solamente no llevaba razón sino que encima presenta una demanda contra los familiares que, claro, no tuvieron más remedio que defenderse y han ganado el pleito”.

Osuna señala que ocurre con bastante frecuencia que personas muy mayores “que están impedidas y no pueden ir al banco, piden a un familiar de mucha confianza que vaya y les saque dinero, y para ello les hacen cotitulares de sus cartillas de ahorro; pero en modo alguno eso implica que se sea dueño ni siquiera de una parte del dinero, de esos 300.000 euros en concreto de esta cuenta corriente”, sentencia.