Condenan a Terra Magna de Carmona a devolver dinero a cooperativistas

El juez ordena a la financiera reingresar 370.198 euros a ocho afectados. El banco admitió ingresos en una cuenta de la promotora sin exigir garantías

24 ene 2018 / 18:41 h - Actualizado: 24 ene 2018 / 20:55 h.
"Construcción","Hipotecas"
  • Viviendas de Terra Magna y cartel informativo de la urbanización. / El Correo
    Viviendas de Terra Magna y cartel informativo de la urbanización. / El Correo

El Juzgado de Primera Instancia número uno de Sevilla ha condenado al banco donde eran depositadas las cantidades a cuenta para la adquisición de las viviendas promovidas en Carmona por la cooperativa Jardín de la Merced, declarada en concurso de acreedores sin entregar los inmuebles, a restituir 370.198 euros a ocho de los compradores. Y es que la entidad, según la citada instancia judicial, «admitió ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la correspondiente garantía» estipulada por la ley.

Este caso es el conflicto que rodea al macrogeriátrico promovido en Carmona a comienzos de la pasada década por la sociedad cooperativa Jardín de la Merced. Y es que pese a las sucesivas aportaciones económicas de los cooperativistas para la adquisición de las viviendas del complejo, en 2008 las obras quedaron paralizadas pese a contar con un grado de ejecución del 89 por ciento y la propia cooperativa fue declarada en concurso de acreedores. Por este concurso de acreedores, la propiedad del complejo arquitectónico habría acabado saliendo a subasta.

Además, hay otra sentencia emitida en 2013 por el Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, que detectaba un claro «concierto para enriquecerse a costa de la cooperativa Jardín de la Merced». La citada sentencia, recogida por Europa Press, atribuía dicho concierto «al que fuera presidente de la cooperativa, José Luis Delgado, a la empresa SM Gestión por su papel en la comercialización del complejo» y al gerente de esta empresa, Enrique Revuelta.

«El vaciamiento patrimonial de la concursada derivado de los sobrepagos a la gestora es imputable al presidente del momento, José Luis Delgado, a SM Gestión y a su administrador, pues fueron protagonistas de la confabulación», aseveraba aquella sentencia.

A esta sentencia se suma ahora la emitida el pasado 10 de enero por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Sevilla, tras la demanda promovida contra la Corporación Bancaria Abanca por ocho de las personas que entregaron cantidades a cuenta para hacerse con estas viviendas. La demanda recordaba que las viviendas «nunca han sido entregadas» ni los compradores «han obtenido la devolución de las cantidades aportadas», reclamando a Abanca «la restitución de las cantidades» depositadas por estas ocho personas en dicha entidad financiera. Y es que, según los promotores de la demanda, esta entidad financiera en la que se entregaban las cantidades a cuenta y además habría financiado la promoción de las viviendas, incurrió en un «incumplimiento del deber de vigilancia, abriendo una cuenta de ingreso sin cerciorarse de que la cooperativa contaba con la preceptiva garantía prevista en la Ley».