Los propietarios del Sector F de Almensilla recurren el decreto de embargo

Reclaman la nulidad de la sentencia que condena a la junta de compensación a abonar casi 2,3 millones a la constructora Istem

15 mar 2017 / 11:40 h - Actualizado: 15 mar 2017 / 11:46 h.
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  • Protesta de miembros del controvertido Sector F de Almensilla. / El Correo
    Protesta de miembros del controvertido Sector F de Almensilla. / El Correo

Los propietarios de las parcelas del Sector F de Almensilla, donde se investiga el desfalco de varios millones de euros en las cuentas de la junta de compensación, han formulado un «recurso directo de revisión», frente al decreto emitido por el Juzgado de Primera Instancia número 18, sobre el embargo preventivo de las cientos de fincas, a cuenta de la ejecución provisional de la sentencia que condena a la junta de compensación a abogar casi 2,3 millones de euros a la constructora Istem SL.

En su recurso directo de revisión, recogido por Europa Press, la junta de compensación se dirige contra el decreto emitido el pasado 24 de febrero por el Juzgado de Primera Instancia número 18, para el embargo preventivo de las «fincas registrales» del Sector F de Almensilla, marcado como es sabido por el presunto desfalco de unos 3,7 millones de euros, del dinero aportado por los parcelistas para la urbanización del sector y la instalación de alumbrado público o redes de suministro.

El mencionado decreto, recordémoslo, deriva de una sentencia emitida el 24 de febrero de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla, respecto a una demanda de «reconocimiento de deuda» promovida por la constructora Istem S.L. contra la junta de compensación del sector F, que entre 2012 y 2013 contrató a la mencionada empresa, para obras relacionadas con el proyecto de urbanización y dotación del entorno.

Dicha sentencia, según la documentación recogida por Europa Press, condena a la junta de compensación al abono de las cuantías demandadas por Istem S.L., tras lo cual en septiembre de 2016, el juzgado emitió un «despacho de ejecución provisional» del fallo, fijando en algo menos de 2,3 millones de euros la cuantía a satisfacer.

El mencionado decreto, en el marco de la ejecución provisional de la sentencia, deriva de la solicitud promovida por Istem S.L. para «el embargo de las fincas incluidas en la junta de compensación Sector F y la anotación preventiva de todas ellas en el Registro de la Propiedad número uno» de Sevilla.

«NULIDAD DE PLENO DERECHO»

Frente a dicho decreto, el recurso directo de revisión formulado por la junta de compensación reclama que se declare «la nulidad de pleno derecho del referido» documento, bajo la premisa de que «las juntas de compensación tienen su personalidad jurídica propia e independiente de sus miembros», con lo que «la junta de compensación será el único sujeto con legitimación pasiva y no por tanto los propietarios, en el caso de que terceros acreedores pretendan entablar una demanda ante un incumplimiento contractual de aquella».

«Para que la entidad ejecutante pueda hacer uso de la afección de las fincas en relación a la responsabilidad de los miembros integrantes de la junta de compensación, tendría que haber demandado en el procedimiento ordinario a todos los propietarios integrantes de la junta de compensación y no haber demandado exclusivamente a la junta de compensación, única condenada y ejecutada», argumentan los propietarios, reclamando «la nulidad» del mencionado decreto.

«GRAVE INDEFENSION»

Además, alertan de que con el mencionado decreto se habría incurrido en «una grave indefensión de todos los propietarios de fincas objeto de anotación preventiva de embargo». «A estos propietarios se les ha privado de la tutela judicial efectiva, pues se ha decretado el embargo de sus bienes sin opción a poder defenderse frente a la ejecución, con los mismos medios que el ejecutado».

Y es que según se insiste en el recurso, los propietarios «no aparecen como deudores en el título ejecutivo» y no ha mediado ningún «auto de despacho de ejecución o auto ampliatorio del despacho de ejecución» notificado personalmente a cada uno de los propietarios, para que se pudiesen oponer a las medidas.

El recurso de revisión directa además, expone que «la responsabilidad de los miembros de la junta de compensación respecto a las deudas de ésta es mancomunada y no solidaria», toda vez que el decreto recurrido «no recoge» siquiera «la responsabilidad individualizada de cada una de estas fincas en relación a la deuda que es objeto de ejecución. «Se ha llevado a cabo el embargo de las fincas por una serie de cantidades que en modo alguno se corresponde a los costes de ejecución en la urbaización», abunda el recurso.

En resumen, el recurso reclama la nulidad del decreto, dada «la imposibilidad de que se pueda embargar las fincas propiedad de los miembros de la junta de compensación, sin que éstos hayan sido demandados y condenados».