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El acusado del crimen del parque de María Luisa seguirá en prisión

La Audiencia provincial deniega conceder la libertad provisional a F.M.S. al considerar que la versión del detenido, de que las relaciones sexuales con la víctima fueron consentidas, «no es nada creíble»

22 ago 2016 / 17:27 h - Actualizado: 22 ago 2016 / 17:48 h.
"Tribunales"
  • F.M.S., el acusado por el crimen del parque, oculta su rostro durante su traslado a los juzgados. / EFE
    F.M.S., el acusado por el crimen del parque, oculta su rostro durante su traslado a los juzgados. / EFE

La Audiencia de Sevilla deniega conceder la libertad provisional a F.M.S., el hombre investigado como presunto autor de la muerte de una mujer encontrada sin vida en la madrugada del pasado 24 de febrero en el parque María Luisa de Sevilla, al mantener que en este momento subsisten íntegramente los motivos que llevaron al juez de instrucción a ordenar la prisión provisional de F.M.S.: esto es, indicios racionales de la comisión de una acción delictiva, una especial peligrosidad del investigado, y el riesgo de fuga de éste.

Los magistrados de la Audiencia remarcan en este auto que la autopsia revela “una muerte violenta cuya causa fundamental es un shock hemorrágico por hemorragia derivada de las lesiones anorrectales», y que

los restos biológicos hallados indican al menos, dos perfiles genéticos compatibles con los de apelante y fallecida. Ante esto, según se expresa en el auto «se hace insostenible la versión del investigado de que las relaciones sexuales mantenidas con la fallecida, fueron consentidas, algo de por sí nada creíble».

Además, en el auto se indica también que no hay indicios objetivos que apunten a la intervención en los hechos de persona o personas distintas (de F.M.S.) dentro de la instrucción llevada a cabo hasta el día de hoy.

Los hechos que están siendo investigados podrían considerarse como un delito de agresión sexual y otro de asesinato o, al menos, un delito de homicidio doloso, sancionables con penas de prisión de 12 a 15 años el primero y de 15 a 25 años -o de 10 a 15 años, al menos- el segundo.

Ante las elevadas penas que pueden imponerse por los hechos presuntamente cometidos, los magistrados mantienen que se «hace ineficaz por el momento otros tipos de medidas cautelares», como la libertad provisional que se solicitaba

Por todo ello, la Sala de la Audiencia desestimar la apelación del investigado y confirma el auto del Juzgado de Instrucción N.16 que acordaba la prisión provisional de este hombre.