El abogado del catedrático de la Universidad de Sevilla y exdecano de la Facultad de Ciencias de la Educación Santiago Romero ha recurrido ante la Audiencia Provincial la sentencia que le condenó a siete años y nueve meses de cárcel por abusar sexualmente de dos profesoras y una becaria de investigación y ha reclamado la nulidad de lo actuado desde que le fueron entregadas las copias de las grabaciones audiovisuales del juicio dadas las «deficiencias» de algunas de ellas.
En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa del catedrático solicita dicha nulidad «al no haber podido disponer de la totalidad» de las copias de las grabaciones «por falta de algunas de ellas y por deficiencia de algunas de las entregadas», a cuyo efecto y para cuya comprobación devuelve al Juzgado las copias que le fueron entregadas, «debiendo hacersenos entrega de nuevas copias correctas y completas con nuevo emplazamiento para formalizar» el recurso.
Asimismo, y en el caso de que las carencias o defectos de las grabaciones «afecten a las originales y no exista modo de recuperarlas», el letrado reclama que se declare la nulidad de la sentencia y de todo lo actuado desde el momento anterior a la celebración del juicio, «incluido por tanto el juicio ya celebrado que también deberá ser anulado», y retrotraer el procedimiento a ese momento para que se vuelva a señalar y celebrar dicho juicio oral.
De manera subsidiaria, la defensa del catedrático pide anular la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 «por ser contraria a Derecho» y dictar en su lugar otra por la que se absuelva a su patrocinado de los delitos de abusos sexuales y lesiones por los que fue condenado, o, en su defecto, si se mantuviere la condena por delitos de abusos sexuales, reducir la condena a pena de multa.
En caso de condena por cualquier delito, reclama aplicar la atenuante de dilaciones indebidas en grado de muy cualificada.
El juez condenó al catedrático a dos años y tres meses de prisión por cada uno de los tres delitos continuados de abusos sexuales que le atribuye y a un año de cárcel por un delito de lesiones psicológicas, con la atenuante de dilaciones indebidas, aunque estableció como máximo de cumplimiento el de seis años y nueve meses de prisión, mientras que también le impuso el pago de una indemnización de 110.000 euros, declarando a la Universidad de Sevilla responsable civil subsidiario.