El valor catastral sube en una docena de municipios y baja en catorce

El recibo de impuestos como el IBI cambiará en 26 localidades de Sevilla por la actualización del Catastro

27 dic 2016 / 22:00 h - Actualizado: 28 oct 2016 / 07:13 h.
"Impuestos","Mercado inmobiliario"
  • Vista aérea del municipio sevillano de Carmona, donde el valor catastral subirá a partir de enero un 3 por ciento. / El Correo
    Vista aérea del municipio sevillano de Carmona, donde el valor catastral subirá a partir de enero un 3 por ciento. / El Correo

Catastrazo o no catastrazo. Según el municipio sevillano en el que se viva, el valor catastral de las viviendas subirá o bajará de forma considerable a partir del próximo 1 de enero. Los inmuebles de 26 localidades de Sevilla sufrirán alteraciones sustanciales por la actualización de los coeficientes de valoración solicitada por los ayuntamientos. En 14 de los casos se dan importantes subidas y en 12, bajadas. Unos cambios que afectan a impuestos como el IBI.

La empresa de revisión de valores catastrales Impuestalia asegura que El Coronil y Los Molares, cuya última ponencia de valor se realizó en 1995, incrementarán el valor catastral un 6 por ciento. En La Rinconada, cuya ponencia data del 1996, subirán un 5 por ciento; en Morón de la Frontera, Santiponce, Villaverde del Río, Almensilla, Valencina de la Concepción y Gelves un 4 por ciento, y a los inmuebles de los municipios revisados entre 2001 y 2003, Carmona, Mairena del Aljarafe, Lebrija, Lora del Río y Mairena del Alcor, se le aplicará el coeficiente 1,03, por lo que engordarán los valores un 3 por ciento.

Por contra, bajan los coeficiente de actualización en aquellos municipios donde fueron revisados en los años de plena burbuja inmobiliaria, entre 2006 y 2009: Aznalcázar, Aznalcóllar, Castilleja del Campo, Huévar de Aljarafe, La Campana, Castilblanco de los Arroyos, El Garrobo, El Pedroso, Fuentes de Andalucía y Las Navas de la Concepción. En todas estas localidades se le aplicará el coeficiente 0,92 por lo que se reducirá su valor un 8 por ciento. En Alcalá de Guadaíra y Bormujos, un 10 por ciento.

Pero estos cambios no sólo tienen efectos en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), sino también en los que gravan la transmisión de viviendas, como la plusvalía (impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, sobre Actos Jurídicos Documentados y el de Sucesiones y Donaciones.

El valor catastral es la base sobre la que se aplican los criterios contenidos en las ordenanzas fiscales de cada municipio para calcular la cuota del IBI. En este valor influyen muchos factores, como la localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afectan al suelo, el uso, la calidad constructiva y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico.

Carmen Villa, directora general de Impuestalia, empresa especializada en la optimización impositiva del IBI y otros tributos asociados a la tenencia y transmisión de bienes inmuebles, explica que el pasado 2 de diciembre el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 3/2016, en el que se actualizan los coeficientes de los valores catastrales para 2.452 municipios de toda España con el objetivo de aproximarlos al valor actual de mercado.

¿Quién aprueba la actualización de los coeficientes? Según Villa, esta revisión la aprueba el Gobierno, siempre que la hayan solicitado previamente los ayuntamientos.

Todos los consistorios pueden solicitar cada año la revisión del valor catastral de las viviendas siempre que cumplan requisitos como el que no se haya aplicado una ponencia de valores en los últimos cinco años, que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes y que se haya solicitado a la dirección general del Catastro antes del 31 de mayo. Transcurridos diez años desde la última valoración pasa a ser obligatorio, aunque el periodo medio de actualización es mayor, 21 años.